DECRETO 258 2017

Síntesis:

SE RECHAZA RECLAMO CONTRA EL DECRETO 125-17 - ADRIÁN SALVADOR BORTHAGARAY - GERENTE OPERATIVO - SUPRESIÓN DE LA GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS - ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL - MINISTERIO DE HACIENDA

Publicación:

19/07/2017

Sanción:

13/07/2017

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 363/15 y

125/17, las Resoluciones Nros. 584/MHGC/15, 1040/SECRH/11, el Expediente

Electrónico N° 10141835-MGEYA-DGTALMH/17, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente citado en el visto tramita la presentación efectuada por el agente

Adrián Salvador Borthagaray, quien impugna el Decreto N° 125/17 solicitando que se

declare su nulidad absoluta en cuanto a la supresión de la Gerencia Operativa de

Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda de la cual era titular y en subsidio, se

declare la certeza de sus derechos laborales respecto del cargo gerencial que obtuvo

por concurso público;

Que mediante Resolución N° 584/MHGC/15 se designó a partir del 1° de mayo de

2015, al nombrado agente como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa de

Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y

Legal del Ministerio de Hacienda, como resultado de un concurso público abierto,

reteniendo sin percepción de haberes una partida de la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del mismo Ministerio, ya que pertenecía a la planta permanente;

Que la mencionada designación, comprendida en los términos del artículo 39 de la Ley

N° 471 y su reglamentación, se produjo durante la vigencia de la reglamentación del

Régimen Gerencial aprobada como Anexo de la Resolución N° 1040/SECRH/11;

Que el Anexo de dicha Resolución preveía en su artículo 31 que en los casos que se

produzca un cese por reestructuraciones administrativas, que impliquen la supresión

de organismos, dependencias o de las funciones y la eliminación de los cargos

gerenciales, el funcionario tendrá derecho, en caso de pertenecer a la planta

permanente de los organismos o entes comprendidos en el régimen, a mantener dicha

condición y volver a su cargo anterior;

Que al postularse como aspirante en el concurso para cubrir el cargo de gerente y,

posteriormente, al ser designado, Borthagaray lo hizo en los términos del régimen

gerencial, que contemplaba la posibilidad de que el cese se produjera antes del

vencimiento del plazo de cinco (5) años, en virtud de la eliminación del cargo como

consecuencia de una modificación de estructura;

Que posteriormente, el Decreto N° 363/15 aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo y en su artículo 5° estableció que los cargos del

Régimen gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015, permanecerán vigentes

hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada

jurisdicción;

Que todo ello se hizo en función de la facultad constitucional del Poder Ejecutivo de

definir su estructura interna a los fines de lograr del mejor modo la satisfacción de las

políticas públicas involucradas;

Que el Decreto N° 125/17 modificó la estructura orgánica funcional del Ministerio de

Hacienda, en lo que aquí interesa, disolviendo la Gerencia Operativa de Recursos

Humanos;

Que el Decreto N° 125/17 fue dictado de conformidad a lo normado por el articulo 104

inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que establece

que compete a la Jefatura de Gobierno establecer la estructura y organización

funcional de los organismos de su dependencia;

Quo, conforme lo consideró el Decreto cuestionado, la actual administración del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar

diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo

la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las

acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dicha norma responde a razones de interés general ligadas a la eficacia y

eficiencia de la función pública;

Que de tal modo, corresponde rechazar el reclamo del agente Borthagaray dado que

de las normas citadas se desprende que los cargos del Régimen Gerencial se

encuentran vigentes en tanto los comprendan las estructuras organizativas en que se

insertan y que una vez que uno de esos cargos es suprimido en el marco de una

reforma de la estructura orgánico funcional, su titular tendrá derecho, en caso de

pertenecer a Ia planta permanente, a mantener esa condición y volver al cargo

anterior;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N°

1.218, y al respecto manifestó que el interesado pretende impugnar un acto de

administración, que por su propia naturaleza resulta irrecurrible en sede administrativa,

por lo que su presentación deviene formalmente improcedente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Recházase el reclamo efectuado por el agente Adrian Salvador

Borthagaray (F.C. 307.046) contra el Decreto N° 125/17, por las razones expuestas en

los considerandos.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y

para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Hacienda. Notifíquese

de los términos del presente al interesado, indicando asimismo que, conforme a las

pautas establecidas en el Capítulo VI NOTIFICACIONES, de la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510/97, la

presente agota la vía administrativa. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 258-17 rechaza el reclamo efectuado por el agente Adrian Salvador Borthagaray, contra el Decreto 125/17.</p>