RESOLUCIÓN 437 2017 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

APRUEBA VALOR - TARIFA DE VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA - AUTOMÓVILES - MOTOVEHÍCULOS - VIGENCIA A PARTIR DE LAS 00 HORAS - 22 DE JULIO 2017 - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SECRETARÍA DE TRANSPORTE

Publicación:

21/07/2017

Sanción:

20/07/2017

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.265, 4.111 y 6 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos

Nros., 403/16, 195/17, la Resolución Conjunta N° 2016-2- SECTRANS, el Expediente

N° 12046726/2017/DGHCT; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de las empresas

concesionarias del servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para que se ajuste el valor de la tarifa de conformidad con

lo previsto en los Pliegos licitatorios;

Que mediante Decreto N° 403/2016 se designó a la Secretaría de Transporte,

dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y a la Agencia de

Protección Ambiental, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y

Espacio Público, como Autoridad de Aplicación del Servicio de Verificación Técnica

Vehicular Obligatoria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de dar

cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 2.265 (texto consolidado por Ley N° 5.666);

Que por resolución conjunta N° 2016-2-SECTRANS se aprobó el detalle de

competencias asignadas a la Autoridad de Aplicación mencionada precedentemente;

Que entre las competencias correspondientes a la Secretaria de Transporte se

encuentra la de determinar y aprobar la Tarifa aplicable al Servicio de Verificación

Técnica Vehicular Obligatoria;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo N° 66 del Pliego de Bases y Condiciones

Particulares que rigió la licitación y la Circular Aclaratoria Sin Consulta N° 001 en su

artículo N° 49, se realizó un estudio sobre la rentabilidad del sector, analizando

detalladamente la evolución de los costos involucrados que inciden en la prestación de

dicho servicio;

Que en tal sentido, se observó una desactualización de más del cinco por ciento (5 %)

en la variación de los costos de la tarifa establecida en la Circular Aclaratoria sin

Consulta Nro. 002, lo cual repercute negativamente en la ecuación económica

financiera de la actividad, elevando los costos y reduciendo la rentabilidad del servicio

y generando el derecho a los concesionarios de solicitar una reconsideración de la

tarifa vigente;

Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 6 (texto consolidado por

Ley N° 5.666), se dictó el Decreto N° 195/17 convocando a Audiencia Pública para el

tratamiento de la referida modificación de la tarifa;

Que dicha audiencia se celebró el día 6 de Julio de 2017 a las 12.00 horas en el

Espacio Cultural Adán, sito en Av. Asamblea 1.200 de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que la Dirección General de Habilitación de Conductores y Transportes produjo su

informe (IF-2017-16503604-DGHCT) respecto de lo tratado en la mencionada

Audiencia;

Que en virtud de lo expuesto, resulta pertinente efectuar una razonable recomposición

de la tarifa, con la finalidad de restablecer la rentabilidad y la calidad en la prestación

del servicio;

Que teniendo en cuenta el estudio realizado, se estima que un aumento del dieciocho

por ciento (18%) en el valor de la tarifa del Servicio de Verificación Técnica Vehicular

Obligatoria, quedando en pesos OCHOCIENTOS DOS ($ 802) para los automóviles y

en pesos TRESCIENTOS UNO ($ 301) para los motovehículos, el valor del arancel el

cual asciende a la suma de ochenta y ocho con cincuenta ($ 88,50), restablecería

razonablemente dicha ecuación económica;

Que la fecha de aumento se encuentra fijada a partir de las cero (0:00) horas del día

22 de julio de 2017;

Que, tal reajuste, permitirá mitigar los efectos de los incrementos sufridos, asegurando

para las empresas concesionarias una rentabilidad razonable del servicio y para los

usuarios el acceso a una prestación con estándares óptimos de calidad;

Que la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la

intervención de su competencia en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el Decreto N°

403/2016 y Resolución Conjunta N° 2016-2-SECTRANS,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el valor de la tarifa de verificación técnica vehicular obligatoria

en PESOS OCHOCIENTOS DOS ($ 802) para automóviles y en PESOS

TRESCIENTOS UNO ($ 301) para motovehículos, incluyendo ambos valores el

impuesto al valor agregado y el monto correspondiente al precio del arancel el cual

asciende a la suma de ochenta y ocho con cincuenta ($ 88,50) a partir de las 00 Horas

del día 22 de julio 2017.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte y a la Dirección General Habilitación de Conductores y

Transportes quien deberá comunicar a las Empresas Concesionarias del Servicio de

Verificación Técnica Vehicular Obligatoria Cumplido, archívese. Méndez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 437-SECTRANS-17 aprueba el valor de la tarifa de verificación técnica vehicular obligatoria en Pesos Ochocientos Dos para automóviles y Pesos Trescientos Uno para motovehículos.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 437-SECTRANS-17 aprueba valor tarifa de verificación técnica vehicular obligatoria en Pesos Ochocientos Dos para automóviles y Pesos Trescientos Uno para motovehículos en el marco de la Audiencia Pública convocada por Decreto 195-17.</p><p> </p>