RESOLUCIÓN 226 2003 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
AUTORIZA EL PAGO AL SR. LUIS D. BORBONE, EN CONCEPTO DE REINTEGRO DE HONORARIOS EN LOS AUTOS N° 2015/JC/2002
Publicación:
30/05/2003
Sanción:
27/05/2003
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Visto la Carpeta de Cauciones N° 5, de fecha 3 de marzo de 2003 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la misma, se documenta que en autos N° 2.015/JC/2002, caratulados Sabrina Fernanda Ortega s/ Ley N° 255 de la Ciudad de Buenos Aires, en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional N° 2, corresponde el reintegro de honorarios al Dr. Luis Domingo Borbore por la suma de pesos quinientos ($ 500);
Que tales fondos se encuentran acreditados en la Cuenta Corriente Especial N° 78.865/0 del Banco Ciudad de Buenos Aires, atento la transferencia efectuada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 12 de la suma oportunamente embargada en autos Ortega, Sabrina Fernanda c/ De La Merced, Gonzalo J. S/ despido;
Que con fecha 15 de abril de 2003, el Consejo de la Magistratura dispuso, por Resolución CM N° 167/03, artículo 10, la inmovilización de los fondos depositados en la referida cuenta bancaria;
Que, por Nota N° 495/Intervención DGEP-PJ/03, la Intervención de la Dirección General de Ejecución Presupuestaria eleva las actuaciones al Plenario, solicitando se autorice la disposición de tales fondos, a los fines de proceder al pago de los correspondientes honorarios profesionales;
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,
Artículo 1° - Autorízase el pago a Luis Domingo Borbore, en concepto de reíntegro de honorarios en los Autos N° 2.015/JC/2002, caratulados Sabrina Fernanda Ortega s/ Ley N° 255 de la Ciudad de Buenos Aires (Carpeta de Cauciones N° 5, de fecha 3 de marzo de 2003) por la suma de pesos quinientos ($ 500).
Artículo 2° - A los fines de efectivizar el pago ordenado en el artículo anterior, autorízase a la Intervención de la Dirección General de Ejecución Presupuestaria a disponer de los fondos acreditados en la Cuenta Corriente Especial N° 78.865/0 del Banco Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, ofíciese al Banco Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Intervención de la Dirección General de Ejecución Presupuestaria, al Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional N° 2 y, oportunamente, archívese. Castorino - May Zubiría - De Stefano - Iráizoz - Marsili - Fleitas Ortiz de Rozas