RESOLUCIÓN 1560 2003 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
RECTIFICA LA RESOLUCIÓN N° 1.290/SHYF/03, B.O. N° 1694, QUE DETERMINA CRITERIOS PARA EFECTUAR RETENCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS SOBRE LAS FACTURAS A PROVEEDORES.
Publicación:
02/06/2003
Sanción:
27/05/2003
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto la Nota N° 2.401/SHYF/2003 y,
CONSIDERANDO:
Que en la misma se propone rectificar la Resolución N° 1.290/SHYF/2003, en cuyo primer Considerando se ha deslizado un error al citarse el Decreto N° 9.787/97, cuando en realidad se trata del que lleva el N° 977/97 publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 266 del 26 de agosto de 1997;
Que en consecuencia, resulta procedente lo propuesto con sustento en las previsiones del Art. 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos (B.O. N° 310), en cuyo mérito;
Artículo 1° - Rectifícase el primer Considerando, de la Resolución N° 1.290/SHYF/2003, que quedará así redactado:
Que sobre el particular el Decreto N° 977/97 en su artículo 1° establece que El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires procederá a retener el 2% sobre el total de las facturas a proveedores en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en el momento de efectuar el pago de las mismas; tanto para el caso de contribuyentes locales como para el de aquellos que ingresen el tributo bajo el régimen del Convenio Multilateral.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Rentas y de Tesorería. Pesce