DECRETO 547 1999
Síntesis:
PROMULGA LEY 157
Publicación:
07/04/1999
Sanción:
26/03/1999
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 157, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 25 de febrero de 1999. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Acción Social.
El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de Promoción Social y por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
DE
LA
RUA
María
Cecilia
Felgueras
Eduardo
Alfredo
Delle
Ville