RESOLUCIÓN 1801 2017 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - HOSPITAL MUNICIPAL DE ONCOLOGÍA MARÍA CURIE - ORGANIGRAMA - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - SUBDIRECCIÓN MÉDICA - SUBGERENCIA OPERATIVA ENFERMERÍA - JEFATURA DEPARTAMENTO SUBJEFATURA ENFERMERÍA - DE DIVISIÓN - DE SECCIÓN - TURNO MAÑANA - TURNO TARDE - A - B - C - D - VESPERTINO - NOCHE - SABADOS DOMINGOS Y FERIADO - UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA - CURITERAPIA - GAURDIA - ONCOLOGÍA - CIRUGÍA - CONSULTORIOS EXTERNOS - HOSPITAL DE DÍA - CONTROL DE INFECCIONES - DOCENCIA E INVESTIGACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL HOSPITALES - SUBSECRETARÍA ATENCIÓN HOSPITALARIA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
09/08/2017
Sanción:
03/08/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
Las Leyes Nros. 471, 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros.
363/15 y modificatorios y 261/17, las Resoluciones Nros. 723/MMGC/14 y
1464/MHGC/14 y el Expediente Electrónico N° 17114845-DGAYDRH/2017, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciéndose las responsabilidades primarias de cada una de las unidades de
organización y se fijaron las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 471 establece que el personal de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene, entre otros derechos, el de
desarrollar una carrera administrativa, que le posibilite el desarrollo personal y
profesional;
Que por Resolución N° 723/MMGC/14 se aprobó la reglamentación de las Jefaturas
del nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, en el marco de las
Actas de Negociación Colectiva N° 17/13 y N ° 10/14, instrumentada por Resolución
N° 1464/MHGC/14;
Que la citada reglamentación, describe los requisitos de creación y acceso a los
cargos de jefatura destinados al personal de planta permanente del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el decreto N° 261/17 delega en el señor Ministro de Hacienda en forma conjunta
con el señor Vicejefe de Gobierno o los/as señores/as Ministros/as del Poder Ejecutivo
o la Secretaria Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
la facultad de crear y modificar las estructuras organizativas de jefaturas;
Que, conforme lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura
organizativa del Ministerio Salud quedando modificado parcialmente el Decreto N°
363/2015 y sus modificatorios;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el los artículos 1° y 2° del Decreto
N° 261/17,
Artículo 1°.- Modificase, a partir del 1° de agosto de 2017, la estructura organizativa
del Hospital de Oncología "Maria Curie" del Ministerio de Salud, quedando modificado
el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama)
(IF-2017-17314283-MSGC) y II (Descripción de Acciones) (IF-2017-17314365-MSGC),
los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos
dependiente del Ministerio de Salud deberá informar, en un plazo de 30 días, a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la
asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas jefaturas en virtud de lo
establecido en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del
Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio
Salud. Cumplido archívese. Bou Pérez - Mura
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5187