RESOLUCIÓN 109 2017 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
MODIFICA ANEXO IV - RESOLUCIÓN 5-SGCBA-11 ARTÍCULOS 1 2 3 - DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 64-SGCBA-17 - APRUEBA CARRERA ADMINISTRATIVA - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - NIVELES RETRIBUTIVOS - RETRIBUCIONES - REMUNERACIONES - COMISIÓN PERMANENTE DE CARRERA - SUBSISTEMA ESCALAFÓN - RÉGIMEN DE ADICIONALES - FORMULARIO DE ADHESIÓN AL SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA - AGRUPAMIENTOS - REQUISITOS - COMPETENCIAS TÉCNICAS - ACCIONES DE LAS CATEGORÍAS - PROMOCIÓN ESCALAFONARIA - PROFESIONAL - TÉCNICO - GENERAL - GRILLA - GRILLAS SALARIALES - PLANTA PERMANENTE - ESCALAFÓN GENERAL - CARRERA ADMINISTRATIVA -ESPECIALES - PLANTA TRANSITORIA
Publicación:
10/08/2017
Sanción:
08/08/2017
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70 (BOCBA
N° 539), las Resoluciones N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597) y N° 64-SGCBA/17
(BOCBA N° 5.122), el
Expediente Electrónico N° 17.625.502-MGEYA-
GGTALSGCBA/17, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), fijó los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que la mencionada Ley, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General
las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de
personal;
Que en razón de las facultades establecidas en el inciso 8) del artículo citado
anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba
los gastos del Organismo;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11, se aprobó el Sistema de Carrera Administrativa
de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que en el Anexo IV, Título I, de la citada Resolución, y sus modificatorios, se
establecieron los diferentes niveles salariales del Personal de Planta Permanente de
esta Sindicatura General;
Que como resultado de las negociaciones colectivas celebradas en el marco de la
Comisión Paritaria Central, mediante Acta N° 3/2017, se acordó un incremento salarial
para el personal de Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Resolución N° 64-SGCBA/17, se estableció un incremento salarial
remunerativo con los haberes del mes de abril de 2017, conforme lo acordado para el
personal de Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad;
Que, asimismo, en el Acta Paritaria N° 3/2017, se acordó establecer un incremento
salarial remunerativo con los haberes del mes de agosto de 2017 para el personal que
revista en Planta Permanente del escalafón general de la Carrera Administrativa, de la
Administración Central, de los escalafones especiales y de los trabajadores que se
encuentran revistando en las plantas transitorias;
Que en virtud de lo expuesto, y siguiendo los lineamientos del Gobierno de la Ciudad
deviene necesario establecer una nueva Grilla Salarial, correspondiente a los
diferentes Agrupamientos que prevé el Sistema de Carrera Administrativa de la
Sindicatura General de la Ciudad;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 17.899.626 -
GGTALSGCBA/17.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, incisos 2) y 8) de
la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666),
Artículo 1°.- Modifícanse, a partir del día 1° de agosto de 2017, los artículos 1°, 2° y 3°
del Anexo IV de la Resolución N° 5-SGCBA/11, los cuales quedarán redactados
conforme se detalla en el Anexo I, IF N° 17.919.657-GGTALSGCBA/17, que forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Déjase sin efecto, a partir del día 1° de agosto de 2017, la Resolución N°
64-SGCBA/17.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del
Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia
General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5188