RESOLUCIÓN 352 2017 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO - ENTREGA DE EQUIPAMIENTO DEL PLAN SARMIENTO BA 2017 - PASOS - MODELOS - ACUERDO DE USO - BENEFICIARIO ALUMNO - ACUERDO DE USO - BENEFICIARIO DOCENTE- ACTOR PEDAGÓGICO - GUARDA DIGITAL DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LOS ACUERDO DE USO APROBADOS - FACULTADES DEL DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA - DICTADO DE NORMAS - PROGRAMA PLAN DE EDUCACIÓN DIGITAL - DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA - SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - COMPUTADORAS - NETBOOKS - ALUMNOS
Publicación:
14/08/2017
Sanción:
02/08/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5460, el Decreto N° 129/AJG/2017, la Resolución N° 1123/MEGC/2010 y el
Expediente Electrónico N° 16.789.791/MGEYA-DGTEDU/17, y
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N° 5460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene entre sus funciones "Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social" y "Promover y coordinar las acciones
vinculadas con el fomento de la ciencia y la tecnología" (conf. Artículo 20, inciso 1 y 8,
de la Ley N° 5460, texto consolidado Ley N° 5666);
Que conforme el Decreto N° 129/AJG/2017, Anexo II, punto 5, la Subsecretaría de
Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre sus responsabilidades primarias la
de "Promover la incorporación de tecnologías innovadoras a fin de mejorar la calidad
educativa";
Que, por su parte, la Dirección General de Tecnología Educativa dependiente de la
Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre sus
responsabilidades primarias las de "Evaluar y analizar en forma conjunta con la
Subsecretaría propuestas de innovación tecnológica aplicadas a la educación, y
gestionar su implementación", "Promover la calidad educativa mediante la planificación
de acciones destinadas a la innovación en los procesos de enseñanza y aprendizaje" y
"Promover la inserción de los alumnos en una sociedad interconectada mediante la
utilización comprensiva y crítica de las nuevas tecnologías" (conf. Anexo II, punto 5.3
del Decreto N° 129/AJG/2017);
Que la Gerencia Operativa Plan Sarmiento dependiente de la Dirección General de
Tecnología Educativa de la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa
tiene entre sus responsabilidades primarias las de "Diseñar y gestionar proyectos que
brinden respuesta a los nuevos paradigmas educativos y de innovación tecnológica y
de comunicación en el aula", "Proveer y administrar infraestructura y servicios
tecnológicos asociados a los procesos formativos de los alumnos y docentes",
"Administrar los canales de comunicación relacionados con los servicios de
tecnología" y "Incorporar la diversidad en los recursos educativos a través del diseño y
administración de contenidos, plataformas y otros recursos digitales" (conf. Anexo II,
punto 5.3.4 del Decreto N° 129/AJG/2017);
Que en pos de llevar adelante políticas de inclusión y de calidad educativa, a través de
la Resolución N° 1123/MEGC/2010 y sus modificatorias, se creó el Programa Plan de
Educación Digital, que cumplirá su objeto de integrar los procesos de enseñanza y
aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura digital, mediante la entrega de
una computadora por alumno;
Que en el marco de dicho Programa se implementó en el año 2011 el Plan Sarmiento
BA, para promover la innovación pedagógica, a partir de los desafíos que plantea el
nuevo paradigma de la sociedad digital, a través de la provisión de infraestructura
digital a todas las escuelas primarias de gestión estatal y privadas de gestión social de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Proyecto 20548 "Asistencia al Plan Integral de Educación Digital",
ejecutado por la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas
(UNOPS), se adquirió la totalidad del equipamiento a ser entregado a los beneficiarios
de Plan Sarmiento BA;
Que en este orden de ideas resulta necesario aprobar el procedimiento de entrega de
equipamiento en el marco de Plan Sarmiento BA, y los modelos de Acuerdo de Uso a
ser suscriptos por los beneficiarios al momento de la recepción del equipamiento;
Que atendiendo al proceso de despapelización promovido por el Ministerio, resulta
necesario aprobar el proceso de guarda digital respecto de la documentación
requerida en el marco del Plan Sarmiento BA;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, ha intervenido en el
ámbito de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1.- Apruébase el Procedimiento para la entrega de equipamiento del Plan
Sarmiento BA conforme surge del Anexo I (IF-2017-16786518-DGTEDU) que forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Apruébase el Modelo de "Acuerdo de Uso - Beneficiario Alumno" conforme
surge del Anexo II (IF-2017-16786808-DGTEDU) que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3.- Apruébase el Modelo de "Acuerdo de Uso - Beneficiario Docente/Actor
pedagógico" conforme surge del Anexo III (IF-2017-16788082-DGTEDU) que forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4.- Apruébase la guarda digital de la documentación y de los Acuerdo de Uso
aprobados en los artículo 2 y 3 de la presente Resolución, conforme surge de la letra
de los Anexos que forman parte integrante de la presente.
Artículo 5.- Facúltase al Director General de Tecnología Educativa a dictar las normas
ampliatorias, complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para
el correcto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de Buenos
Aires, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Meiriño