RESOLUCIÓN 584 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
DELEGACIÓN DE FACULTADES - RESOLUCIÓN DE RECURSOS JERÁRQUICOS - RÉGIMEN ADMINISTRATIVO - SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PROCEDIMIENTOS DE CALIFICACIONES ANUALES - ASCENSOS - LIQUIDACIÓN DE HABERES - SUPLEMENTOS - LICENCIAS - CAMBIOS DE SITUACIÓN DE REVISTA - JUNTAS MÉDICAS - OBRA SOCIAL - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - DNYU 1510-97
Publicación:
23/08/2017
Sanción:
11/08/2017
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666), el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1.510/GCBA/1997 (texto consolidado según Ley N° 5.666), el Decreto N°
226/AJG/2017 y el Expediente N° 2017-18397750-DGALS y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14 de la Ley N° 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5666) estipula
que: "Los Ministros podrán delegar la resolución de asuntos relativos al régimen
económico y administrativo de sus respectivas aéreas en los funcionarios que
determinen conforme con su organización";
Que, por su parte, el artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510/GCBA/1997 (texto consolidado según Ley N° 5.666) establece que: "Los
Ministros y demás funcionarios del Poder Ejecutivo y los titulares de los órganos
directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus
inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos
internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los tramites,
delegarles facultades...";
Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 113 del mismo cuerpo normativo:
"El recurso jerárquico deberá interponerse ante la autoridad que dictó el acto
impugnado dentro de los quince (15) días de notificado y ser elevado dentro del
término de cinco (5) días y de oficio al Ministerio o funcionario competente del Jefe de
Gobierno en cuya jurisdicción actúe el órgano emisor del acto. Los Ministros o
Subsecretarios del Jefe de Gobierno resolverán definitivamente el recurso...";
Que, a través del Decreto N° 226/AJG/2017, se modificó parcialmente la estructura
organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus responsabilidades primarias;
Que, dentro de las Responsabilidades primarias enunciadas en el anexo II del Decreto
mencionado, surge que la Secretaría de Administración de Seguridad debe:
"...Asesorar al Ministro de Justicia y Seguridad en los aspectos técnicos legales, de
gestión, de anteproyectos y proyectos de actos administrativos correspondientes a la
Secretaría de Seguridad y a la Policía de la Ciudad, asegurando su encuadre en las
normas legales y reglamentarias vigentes...";
Que, se estima conveniente, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y
eficacia de los trámites, delegar la competencia para la resolución de los recursos
jerárquicos interpuestos contra procedimientos de calificaciones anuales, ascensos,
liquidación de haberes, licencias, cambios de situación de revista, juntas médicas y
obra social, en la Secretaría de Administración de Seguridad.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Delégase en la Secretaría de Administración de Seguridad del Ministerio
de Justicia y Seguridad la resolución de los recursos jerárquicos interpuestos contra
procedimientos de calificaciones anuales, ascensos, liquidación de haberes y
suplementos, licencias, cambios de situación de revista, juntas médicas y obra social.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, y comuníquese a la
Secretaría de Administración de Seguridad, a la Secretaría de Seguridad, a la Jefatura
de la Policía de la Ciudad, a las Superintendencias, Direcciones autónomas y
Unidades dependientes de la Jefatura de la Policía de la Ciudad, y a la Procuración
General de la Ciudad. Cumplido, archívese. Ocampo