RESOLUCIÓN 708 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE DEJAN SIN EFECTO RESOLUCIONES - 505-MJYSGC-17 - 584-MJYSGC-17 - DELEGACIÓN DE FACULTADES - JEFE DE POLICÍA DE LA CIUDAD - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - RESOLUCIÓN DE RECURSOS JERÁRQUICOS - SANCIONES - COMISIÓN DE FALTAS DE CARÁCTER LEVE - SECRETARIO DE SEGURIDAD - DISCIPLINA - RÉGIMEN DISCIPLINARIO POLICIAL - SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PROCEDIMIENTOS DE CALIFICACIONES ANUALES - ASCENSOS - LIQUIDACIÓN DE HABERES - SUPLEMENTOS - LICENCIAS - CAMBIOS DE SITUACIÓN DE REVISTA - JUNTAS MÉDICAS - OBRA SOCIAL
Publicación:
04/10/2017
Sanción:
27/09/2017
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Última actualización: 17 de febrero de 2025
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97, las Leyes N° 2.947 y N° 5.460
(ambas con texto consolidado según Ley N° 5.666) y N° 5.688, el Decreto N° 36/11,
las Resoluciones N° 505/MJYSGC/17 y N° 584/MJYSGC/17, y el Expediente
Electrónico N° 05741903-SSADS-17, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N° 505/MJYSGC/17, se delegó la competencia para la
resolución de los recursos jerárquicos interpuestos con motivo de la imposición de
sanciones por faltas leves, moderadas y graves, en el marco del régimen disciplinario
aprobado por el Decreto N° 53/17;
Que, por su parte, por Resolución N° 584/MJYSGC/17 se delegó en la Secretaría de
Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad la resolución de los
recursos jerárquicos interpuestos contra procedimientos de calificaciones anuales,
ascensos, liquidación de haberes y suplementos, licencias, cambios de situación de
revista, juntas médicas y obra social;
Que, cabe poner de manifiesto que la Ley N° 5.688 establece en su Cláusula
TRANSITORIA TERCERA del Libro II que: " (...) el personal que revista en la Policía
Metropolitana, integran la Policía de la Ciudad a partir del 1 de enero de 2017,
conforme las disposiciones de la presente.";
Que la entonces Ley N° 2.947 en su artículo 64 establecía "...Las faltas que cometa el
personal con estado policial de la Policía Metropolitana son clasificadas como leves,
graves y muy graves, según la reglamentación...";
Que, en dicho sentido el artículo 27 del entonces Anexo I del Decreto N° 36/11
disponía las facultades disciplinarias que poseían el Ministro de Justicia y Seguridad,
el Jefe y el Subjefe de la entonces Policía Metropolitana y el personal policial que allí
se detalla;
Que conforme lo expresado precedentemente, se considera oportuno dejar sin efecto
la Resolución N° 505/MJYSGC/17, y extender la delegación de competencias allí
dispuesta, a la resolución de todos los recursos jerárquicos contra todas las decisiones
que se adopten por aplicación del régimen disciplinario policial, sin distinción;
Que asimismo se estima pertinente, a los efectos de unificar las disposiciones
referentes a la delegación de competencias para la resolución de las vías recursivas,
dejar sin efecto la Resolución N° 584/MJYSGC/17 para contemplar en el presente acto
administrativo, la delegación allí dispuesta;
Que, a efectos de acceder a lo requerido, corresponde dictar un nuevo acto
administrativo que disponga dichos cambios;
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Déjanse sin efecto las Resoluciones N° 505/MJYSGC/17 y N°
584/MJYSGC/17.
Artículo 2°.- Delégase en el Jefe de la Policía de la Ciudad la resolución de los
recursos jerárquicos interpuestos contra las sanciones correspondientes a la comisión
de faltas de carácter leve.
Artículo 3°.- Delégase en el Secretario de Seguridad la resolución de los recursos
jerárquicos interpuestos contra todas las decisiones adoptadas por aplicación del
régimen disciplinario policial, con excepción de aquellas expresamente delegadas en
el artículo 2 de la presente.
Artículo 4°.- Delégase en la Secretaría de Administración de Seguridad del Ministerio
de Justicia y Seguridad la resolución de los recursos jerárquicos interpuestos contra
procedimientos de calificaciones anuales, ascensos, liquidación de haberes y
suplementos, licencias, cambios de situación de revista, juntas médicas y obra social.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Oficina de Transparencia y Control
Externo, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad, a las Superintendencias, Direcciones
autónomas y Unidades dependientes de la Jefatura de la Policía de la Ciudad, y a la
Procuración General de la Ciudad. Cumplido, archívese. Ocampo