DECRETO 308 2017
Síntesis:
PROMULGA LEY 5857
Publicación:
24/08/2017
Sanción:
18/08/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la CiudadAutónoma de Buenos Aires promúlgase la Ley N° 5.857, (EX-2017-18.404.298-MGEYA-DGALE), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de BuenosAires en su sesión del día 3 de agosto de 2017.El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano yTransporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la DirecciónGeneral de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Urbano yTransporte y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Miguel