LEY 5852 2017

Síntesis:

SE DECLARA PATRIMONIO CULTURAL VIVIENTE - COLECTIVIDADES RECONOCIDAS POR LEY 4823 - LEY 1227

Publicación:

28/08/2017

Sanción:

03/08/2017

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

23/08/2017


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Declárase integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires

en los términos del Artículo 5° de la Ley 1227, "Patrimonio Cultural Viviente", a las

colectividades reconocidas por la Ley 4823.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
COMPLEMENTA
<p>Ley 5852 declara integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires en los términos del Art. 5 de la Ley 1227, Patrimonio Cultural Viviente, a las colectividades reconocidas por la Ley 4823.</p>