LEY 5852 2017
Síntesis:
SE DECLARA PATRIMONIO CULTURAL VIVIENTE - COLECTIVIDADES RECONOCIDAS POR LEY 4823 - LEY 1227 - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
28/08/2017
Sanción:
03/08/2017
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
23/08/2017
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1°.- Declárase integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires
en los términos del Artículo 5° de la Ley 1227, "Patrimonio Cultural Viviente", a las
colectividades reconocidas por la Ley 4823.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez