RESOLUCIÓN 615 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTACIÓN DEL DECRETO 203-17 - PROCEDIMIENTO PARA INSCRIPCIÓN Y BAJA DE ENTIDADES EN EL PADRON - PROCEDIMIENTO PARA EFECTUAR DEDUCCIONES EN LOS HABERES - APRUEBA MODELO DE NOTA DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN - PADRÓN DE ENTIDADES - APRUEBA MODELO DE CONVENIO - MODELO CERTIFICACIÓN DE HABERES - FACULTA A LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y DE RECURSOS HUMANOS DE SEGURIDAD - SISTEMA DE DESCUENTOS DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - SDP - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
01/09/2017
Sanción:
28/08/2017
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
El Decreto N° 203/17, el Expediente N° 9684898/MGEYA-DGARHS/2017, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 203/17 creó el Sistema de Descuento por Recibo de Haberes de la
Policía de la Ciudad para la deducción de las cuotas de afiliación, asociación y/o
prestaciones, efectuadas por diversas entidades al personal de la Policía de la Ciudad;
Que a través del artículo 9 de dicha norma, se otorgó al Ministerio de Justicia y
Seguridad la facultad para reglamentar las disposiciones del mencionado Decreto y
establecer los requisitos que deberán cumplir las entidades que soliciten operar dentro
del Sistema de Descuento por Recibo de Haberes;
Que la finalidad tenida en cuenta al momento del dictado del referido Decreto fue
adecuar el régimen vigente en materia de descuento directo sobre las remuneraciones
que perciben los agentes de la Policía de la Ciudad, dotándolo de diferentes
mecanismos de protección hacia los agentes, facilitando el acceso al crédito y
evitando el abuso en el costo financiero;
Que a fin de implementar el Padrón de Entidades creado por el Decreto N° 203/17 y
hacerlo operativo, resulta necesario establecer los requisitos para la incorporación y
baja de entidades, así como el procedimiento para que los agentes de la Policía de la
Ciudad accedan al régimen de deducción de haberes, entre otras cuestiones;
Que en dicho contexto, resulta necesario establecer un marco funcional que posibilite
el desarrollo de una operatoria eficaz y eficiente del sistema creado, asignando las
funciones que le competen a cada uno de los integrantes del mismo;
Que asimismo, corresponde establecer los recaudos que cada entidad deberá
acreditar en función de su propia naturaleza jurídica, al momento de solicitar su
incorporación al Sistema que por la presente Resolución se reglamenta;
Por ello, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 9 del Decreto N° 203/17,
Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación del Decreto N° 203/17 a tenor de las normas
contenidas en los Anexos I (IF 2017-19633512-MJYSGC) sobre "PROCEDIMIENTO
PARA LA INSCRIPCIÓN Y BAJA DE ENTIDADES EN EL PADRON" y II (IF 2017-
19633713-MJYSGC) sobre "PROCEDIMIENTO PARA EFECTUAR DEDUCCIONES
EN LOS HABERES", que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Apruébase el modelo de nota de Solicitud de Inscripción en el Padrón de
Entidades creado por el artículo 6° del Decreto N° 203/17, que como Anexo III forma
parte integrante de la presente (IF 2017-19633841-MJYSGC) .
Artículo 3°.- Apruébase el modelo de Convenio a suscribir entre las Entidades
autorizadas a operar en el marco del Decreto N° 203/17 y la Subsecretaría de Gestión
Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad, que como Anexo IV forma parte
integrante de la presente (IF 2017-19633927-MJYSGC) .
Artículo 4°.- Apruébase el modelo de Certificación de Haberes previsto en el artículo 4°
del Decreto N° 203/17, que como Anexo V forma parte integrante de la presente (IF
2017-19634021-MJYSGC).
Artículo 5°.- Facúltase a la Secretaría de Administración de Seguridad y/o a la
Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad a
regular la metodología tendiente a la implementación y puesta en operatividad del
Sistema de Descuentos de la Policía de la Ciudad (SDP) y establecer los requisitos
operativos para generar y otorgar los correspondientes códigos de descuento.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Unidad Informática de Administración Financiera, ambas del Ministerio de
Hacienda, a la Secretaría de Administración de Seguridad, a la Subsecretaría de
Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad, y a las Direcciones
Generales de Administración de Recursos Humanos de Seguridad y Administrativa y
Legal de Seguridad. Cumplido, archívese. Ocampo
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5203