RESOLUCIÓN 2748 1996 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO

Síntesis:

DIFIERE HASTA EL 20-12-96, EL PLAZO PARA EL PAGO DE LAS DIFERENCIAS DE LAS CONTRIBUCIONES DE A.B.L.

Publicación:

18/12/1996

Sanción:

10/12/1996

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO


Visto la Carpeta Interna N° 109.742/DGRyEI/96, y la facultad conferida a la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario por el artículo 1º del Decreto Nº 5.325-90, y

CONSIDERANDO:

Que razones operativas impidieron en tiempo oportuno, la emisión de los instrumentos para el pago de las diferencias en la liquidación del tributo anual del ejercicio 1996, respecto a los inmuebles con modificaciones en el estado de empadronamiento, de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Aceras, y Ley Nº 23.514, cuyo vencimiento opera el 6 de diciembre de 1996, de acuerdo a lo prescripto por la Resolución Nº 1.950-DGRyEI-96.

Que la imposibilidad de entrega de los referidos instrumentos dentro del plazo del vencimiento aludido hace necesario autorizar el pago de las obligaciones correspondientes, ampliando el término establecido, difiriendo el pago al 20 de diciembre de 1996;

Por ello, en ejercicio de la facultad mencionada,

EL INTERVENTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO
RESUELVE:

Artículo 1° - Difiérese hasta el 20 de Diciembre de 1996 el plazo para el pago de las diferencias de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Aceras, y Ley Nº 23.514, a que refiere la Resolución Nº 1.950-DGRyEI-96, con vencimiento original el 6 de diciembre de 1996, considerando abonadas en término a las obligaciones canceladas hasta aquella fecha.

Art. 2º - Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara en día no laborable para el Gobierno de la Ciudad o entidades bancarias, el vencimiento se producirá el primer día hábil siguiente.

Art. 3º- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento hágase saber a las distintas dependencias de Dirección General y a las entidades bancarias.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Difiere hasta el 20 de Diciembre de 1996 el plazo para el pago de las diferencias de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Aceras