DECRETO 329 2017

Síntesis:

MODIFICACIÓN  DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGÁNICA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DENOMINACIÓN - SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN - ATENCIÓN Y GESTIÓN CIUDADANA - SUBSECRETARÍA DE DEMANDA CIUDADANA CALIDAD Y CERCANÍA - GESTIÓN COMUNAL - DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN Y CERCANÍA CIUDADANA - GESTIÓN DE CALIDAD Y DEMANDA CIUDADANA - DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR - GESTIÓN DE CALIDAD Y DEMANDA CIUDADANA - OBRAS COMUNALES - MANTENIMIENTO EDILICIO - MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO COMUNAL - SUPRESIÓN DE ORGANISMO - DESCENTRALIZACIÓN Y DESCONCENTRACIÓN COMUNAL - CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA - PLANIFICACIÓN EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN - INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - SISTEMAS Y PROCESOS - INFRAESTRUCTURA VIVIENDA Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - PLANEAMIENTO Y GESTIÓN COMUNITARIA - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CULTURA DEL SERVICIO PÚBLICO -  OBSERVATORIO CULTURA CIUDADANA Y CAMBIO CULTURAL - IDENTIDAD COMPROMISO BARRIAL Y VOLUNTARIADO - CONTROL DE GESTIÓN - EVALUACIÓN DEL GASTO - PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA - GESTIÓN DE CALIDAD Y DEMANDA CIUDADANA - DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR - OBRAS COMUNALES Y MANTENIMIENTO EDILICIO - MANTENIMIENTO DE ESPACIO PÚBLICO COMUNAL - EFICIENCIA ADMINISTRATIVA - ADMINISTRACIÓN DE BASES DE DATOS E INGENIERÍA DE PROYECTOS - OBRAS PROYECTOS Y DISEÑO URBANO - MEJORAMIENTO DE VIVIENDA - GESTIÓN COMUNITARIA - INNOVACIÓN SOCIAL Y PLANEAMIENTO PARTICIPATIVO - INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA - COMUNAS - CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERCOMUNAL LEY 1777 - UNIDADES DE ATENCIÓN CIUDADANA UAC - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN (ASI) LEY 2689 - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (IVC) LEY 1251 - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SOPORTE DE AUDITORÍA I - SOPORTE DE AUDITORÍA II - GERENCIA OPERATIVA - SUBGERENCIA OPERATIVA - COMPRAS OBRAS Y MANTENIMIENTO - OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL (OGESE) - LEGAL - RECURSOS HUMANOS - MESA DE AYUDA - PLIEGOS Y CONTROL DE LAS CONTRATACIONES - MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y DESPACHO - SEGUIMIENTO Y CONTROL DE OBRAS - PRESUPUESTO - CONTABILIDAD Y PATRIMONIO - ASESORAMIENTO LEGAL - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS - PLANEAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS - CULTURA DEL SERVICIO PÚBLICO - CULTURA ORGANIZACIONAL - COMUNICACIÓN INTERNA - DESARROLLO DEL SERVICIO PÚBLICO - SOPORTE ADMINISTRATIVO - OBSERVATORIO - CULTURA CIUDADANA Y CAMBIO CULTURAL - OBSERVATORIO - PROYECTOS DE CAMBIO CULTURAL - FORMACIÓN DE ACTORES CLAVE - IDENTIDAD COMPROMISO BARRIAL Y VOLUNTARIADO - IDENTIDAD Y COMPROMISO BARRIAL - RELACIONES CON EL TERCER SECTOR Y EMPRESAS - CONTENIDOS Y PROMOCIÓN CULTURA CIUDADANA - CONTROL DE GESTIÓN SOBRE AVANCE DE OBRAS - SEGUIMIENTO - SISTEMAS INFORMÁTICOS - ANÁLISIS Y CONTROL DEL GASTO - PRESUPUESTO -  PLANIFICACIÓN ANUAL - PROYECTOS ESTRATÉGICOS - PRIORIZACIÓN DE GESTIÓN - ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DESCENTRALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN -  INSPECCIONES - ASUNTOS JURÍDICOS - JUDICIALES E INSTITUCIONALES - PLATAFORMA DE ATENCIÓN CIUDADANA - CANALES DE ATENCIÓN - PRESUPUESTO Y RECURSOS HUMANOS - TECNOLOGÍA Y SISTEMAS DE ATENCIÓN CIUDADANA - GESTIÓN DE PROCESOS DE ATENCIÓN - ANÁLISIS DE LA DEMANDA - ASEGURAMIENTO DE NIVELES DE SERVICIO - EVALUACIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD - JURÍDICA - DICTÁMENES - IMPLEMENTACIÓN JUDICIAL E INSTITUCIONAL - SERVICIOS DESCONCENTRADOS - HERRAMIENTAS DE PARTICIPACIÓN - ASISTENCIA AL CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERCOMUNAL - COMPETENCIAS COMUNALES - PROYECTOS COMUNALES - OBRAS COMUNALES - MANTENIMIENTO Y SEGURIDAD EDILICIA - CONSERVACIÓN DE ESPACIOS VERDES - CUADRILLAS DE MANTENIMIENTO COMUNAL - MANTENIMIENTO DE ARBOLADO - PARQUES COMUNALES - DISEÑO Y PLANIFICACIÓN GUBERNAMENTAL - PROYECTOS DE EFICIENCIA ADMINISTRATIVA - ANÁLISIS DE DATOS - EXTRACCIÓN Y MODELIZACIÓN DE DATOS - MANTENIMIENTO DE PROCESOS - INGENIERÍA DE PROYECTOS - RELACIONES GUBERNAMENTALES - PROYECTOS URBANOS Y CONTROL DE GESTIÓN - OBRAS - GESTIÓN TERRITORIAL - SOPORTE SOCIAL - PLANEAMIENTO - GESTIÓN ASOCIADA

Publicación:

06/09/2017

Sanción:

01/09/2017

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5460, el Decreto N° 684/09 y modificatorios, el Decreto N° 363/15 y

modificatorios, el Decreto N° 122/17 y el Expediente Electrónico N° 19760002-

MGEYA-DGTALMJG/17, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de Gabinete de

Ministros;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que mediante el Decreto N°122/17, se aprobó la estructura correspondiente al

régimen gerencial de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en sus dos niveles,

Gerencia y Subgerencia Operativa;

Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar

modificaciones en la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a

los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de

sus competencias;

Que en este sentido, resulta pertinente modificar la denominación y responsabilidades

primarias de la Secretaría de Descentralización, la cual pasará a denominarse

Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana dependiente de la Jefatura de Gabinete

de Ministros;

Que asimismo, deviene necesario modificar la denominación y las responsabilidades

primarias de la Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía, la cual

pasará a denominarse Subsecretaría de Gestión Comunal dependiente de la

Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana;

Que en este orden de ideas, es preciso modificar la dependencia de la Dirección

General Atención y Cercanía Ciudadana, de la Dirección GeneralGestión de Calidad y

Demanda Ciudadana y de la Dirección General Defensa y Protección al Consumidor,

todas las cuales pasarán a depender de la Secretaría de Atención y Gestión

Ciudadana;

Que en este sentido resulta conveniente modificar las responsabilidades primarias de

la Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana dependiente de la

Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana;

Que por su parte, se propicia modificar la dependencia de las Direcciones Generales

Obras Comunales y Mantenimiento Edilicio y de Mantenimiento del Espacio Público

Comunal, las cuales pasarán a depender de la Subsecretaría de Gestión Comunal;

Que por otro lado, corresponde suprimirla Dirección General Descentralización y

Desconcentración Comunal;

Que finalmente, es menester la modificación de la estructura correspondiente al

Régimen Gerencial de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en sus dos niveles,

Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N°

122/17;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 4° de septiembre de 2017, la estructura

organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus

modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2017-19994236-MJGGC)

(Organigrama) y II (IF-2017-19994355-MJGGC) (Responsabilidades Primarias y

Descripción de Acciones), que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente Decreto.

Artículo 2°.- Modifícanse la denominación y las responsabilidades primarias de la

Secretaría de Descentralización, la cual pasará a denominarse Secretaría de Atención

y Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Modifícanse la denominación y las responsabilidades primarias de la

Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía, la cual pasará a

denominarse Subsecretaría de Gestión Comunal dependiente de la Secretaría de

Atención y Gestión Ciudadana.

Artículo 4°.- Modifícase la dependencia de la Dirección General Atención y Cercanía

Ciudadana, de la Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana y de la

Dirección General Defensa y Protección al Consumidor, todas las cuales pasarán a

depender de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana.

Artículo 5°-. Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General

Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana dependiente de la Secretaría de Atención y

Gestión Ciudadana.

Artículo 6°.- Modifícase la dependencia de la Direcciones Generales Obras Comunales

y Mantenimiento Edilicio y de Mantenimiento del Espacio Público Comunal, las cuales

pasarán a depender de la Subsecretaría de Gestión Comunal.

Artículo 7°.- Suprímase la Dirección General Descentralización y Desconcentración

Comunal.

Artículo 8°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la

Jefatura de Gabinete de Ministros deberá informar, en un plazo de 30 días, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la

asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias

operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 9°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 10.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 11.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del

Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5206

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 329-17 modifica la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quedando modificado parcialmente el Decreto 363-15 y sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I y II, que lo integran.</p><p>Art. 2 modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Secretaría de Descentralización, la cual pasará a denominarse Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana.</p><p>Art. 3 modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Demanda Ciudadana Calidad y Cercanía, la cual pasará a denominarse Subsecretaría de Gestión Comunal.</p><p>Art. 4 modifica la dependencia de la Dirección General Atención y Cercanía Ciudadana, de la Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana y de la Dirección General Defensa y Protección al Consumidor, todas las cuales pasarán a depender de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana.</p><p>Art. 5 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana.</p><p>Art. 6 modifica la dependencia de la Direcciones Generales Obras Comunales y Mantenimiento Edilicio y de Mantenimiento del Espacio Público Comunal, las cuales pasarán a depender de la Subsecretaría de Gestión Comunal.</p><p>Art.7 suprime la Dirección General Descentralización y Desconcentración Comunal.</p>