DECRETO 340 2017
Síntesis:
SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGÁNICA - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA - ADMINISTRACIÓN GENERAL Y USO DEL ESPACIO PÚBLICO - MANTENIMIENTO DEL ESPACIO - HIGIENE URBANA - VÍAS PEATONALES - DIRECCIÓN GENERAL - PLANIFICACIÓN DE INTERVENCIONES EN VÍAS PEATONALES - OBRAS - FIZCALIZACIÓN - COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y REGISTROS - LIMPIEZA - TRATAMIENTO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS - RECICLADO - CEMENTERIOS - ALUMBRADO - SISTEMA PLUVIAL - MANTENIMIENTO Y TALLERES - ESPACIOS VERDES - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CONTROL DE GESTIÓN - FERIAS - ORDENAMIENTO - COMUNICACIÓN - REGENERACIÓN URBANA - FUERA DE NIVEL - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL - EMUI - ENTE HIGIENE URBANA - SOPORTE DE AUDITORÍA I Y II - GERENCIA OPERATIVA - SUBGERENCIA OPERATIVA - RELACIONES INSTITUCIONALES - COMUNICACIÓN Y CONTENIDO - PROYECTOS DE ARQUITECTURA E INFRAESTRUCTURA - PROYECTOS ESPECIALES - PAISAJE URBANO Y RECUPERACIÓN DE EDIFICIOS - PLIEGO TÉCNICO COMPUTO Y PRESUPEUSTO - AMBIENTALES - ENTORNOS URBANOS Y CENTROS COMERCIALES A CIELO ABIERTO - SOPORTE DE PLANIFICACIÓN - INSPECCIÓN DE OBRA - MONITOREO Y CONTROL DE GARANTÍA - PREVENCIÓN DE RIESGOS Y RELEVAMIENTO TÉCNICO - INSPECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA - AMBIENTALES - LEGALES - RECURSOS HUMANOS - COMPRAS Y CONTRATACIONES - OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y DESPACHO - ASUNTOS JURÍDICOS - ADMINISTRACIÓN - PLANEAMIENTO - BIENES Y SERVICIOS - OBRAS PÚBLICAS - PRESUPUESTO - PLANIFICACIÓN - LIQUIDACIONES Y CERTIFICACIONES - CONTROL DEL GASTO - ATENCIÓN DE RECLAMOS - TECNOLOGÍA Y PROCESOS - MESA DE AYUDA - MERCADO - FERIA - PERMISOS DE VENTA DE ALIMENTOS EN LA VÍA PÚBLICA - MOBILIARIO URBANO - PERMISO DE PUBLICIDAD Y DE USOS - PLANEAMIENTO Y REGISTRACIÓN - CEMENTERIO CHACARITA - RECOLETA - FLORES - CREMATORIO - INSPECCIONES Y CERTIFICACIONES - ACTIVIDAD TECNOLÓGICA - ESTUDIOS Y PLANIFICACIÓN - CONTROL DEL ALUMBRADO Y LA TELEGESTIÓN - ALERTA TEMPRANA- CONSERVACIÓN EDILICIA - TRAZADO Y LOGÍSTICA - TALLERES - ARBOLADO - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES - MANTENIMIENTO Y OBRAS - JARDÍN BOTÁNICO - RESERVA ECOLÓGICA - PARQUE TRES DE FEBRERO - ÁRBOLES HISTÓRICOS Y NOTABLES - REFORESTACIÓN Y SANIDAD VEGETAL - PROYECTOS Y SEGUIMIENTOS - PADRINAZGOS - GRANDES PARQUES - MONUMENTOS OBRAS DE ARTE Y FUENTES - CONTROL DE HIGIENE URBANA - PLANEAMIENTO - PROCEDIMIENTOS - CONTROL DE CALIDAD DE SERVICIO - SANEAMIENTO - ZONAS VULNERABLES - HIGIENE EN LA VÍA PÚBLICA - CUENCAS HÍDIRCAS - SEGURIDAD E HIGIENE AMBIENTAL DEL SERVICIO - SOPORTE TERRITORIAL REGIÓN NORTE - SUR - GESTIÓN DE RECLAMOS - SISTEMAS OPERATIVOS MEDICIÓN Y CONTROL - CONTROL DE TRÁFICO - PLAGAS - HIGENIZACIÓN - ESTADÍSTICA ANÁLISIS Y PLANEAMIENTO - RECOLECCIÓN DOMICILIARIA - CONTROL DE RECICLADO -LOGÍSTICA - PLANTAS DE TRATAMIENTO - NUEVAS TECNOLOGÍAS - COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y CIUDADANA - PERMISOS DE APERTURAS EN EL ESPACIO PÚBLICO - CONTROL DE EJECUCIÓN - SEGUIMIENTO DE GESTIÓN - USO DEL SUBSUELO - SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y GEORREFERENCIACIÓN - CONTROL DE CALIDAD - OBRAS COMPLEJAS - PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN - RECLAMOS - REGISTROS AUTORIZADOS - PROTOCOLO Y CAPACITACIÓN - TECNOLOGÍA APLICADA - FIZCALIZACIÓN DE EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS - FRENTISTAS - EMERGENCIAS Y DÍAS INHÁBILES - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS
Publicación:
18/09/2017
Sanción:
12/09/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado mediante Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 684/09
y modificatorios, 363/15 y modificatorios, 208/17 y el Expediente Electrónico N°
19836467-MGEYA-MAYEPGC/17, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado mediante Ley N° 5.666), se sancionó la
Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose entre ellos al Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto N° 208/17, se aprobó la estructura correspondiente al régimen
gerencial del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en sus dos niveles, Gerencia y
Subgerencia Operativa;
Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar
modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor
eficiencia de sus competencias;
Que en consecuencia, se propicia modificar las responsabilidades primarias y la
denominación de la Subsecretaría de Administración, la cual pasará a denominarse
Subsecretaría de Administración General y de Uso del Espacio Público;
Que resulta necesario modificar las responsabilidades primarias de las Direcciones
Generales Técnica, Administrativa y Legal y de Fiscalización del Espacio Público
dependientes de la Subsecretaría de Administración General y de Uso del Espacio
Público;
Que por su parte deviene oportuno modificar la dependencia orgánico funcional de las
Direcciones Generales Regeneración Urbana y Obras de Regeneración Urbana, las
cuales pasarán a depender de la Unidad Ministro;
Que asimismo, resulta conveniente modificar la dependencia orgánico funcional de las
Direcciones Generales Fiscalización del Espacio Público, de Ferias y Ordenamiento
del Espacio Público, todas las cuales pasarán a depender de la Subsecretaría de
Administración General y de Uso del Espacio Público;
Que resulta pertinente modificar las responsabilidades primarias de la Dirección
General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio
Público;
Que por otra parte, es pertinente modificar las responsabilidades primarias de la
Dirección General Tratamiento y Nuevas Tecnologías dependiente de la Subsecretaría
de Higiene Urbana;
Que en este contexto, se propicia la supresión de la Subsecretaría de Uso del Espacio
Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que como consecuencia, se propicia modificar la estructura organizativa del Ministerio
de Ambiente y Espacio Público, aprobada por el Decreto N° 363/15 y sus
modificatorios;
Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen
Gerencial del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en sus dos niveles, Gerencia
y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 208/17.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de septiembre de 2017, la estructura
organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y
sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2017-20185412-MAYEPGC)
(Organigrama) y II (IF-2017-20184877-MAYEPGC) (Responsabilidades Primarias), los
que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícanse la denominación y las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Administración, la cual pasará a denominarse Subsecretaría de
Administración General y de Uso del Espacio Público.
Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de las Direcciones Generales
Técnica, Administrativa y Legal y de Fiscalización del Espacio Público dependientes
de la Subsecretaría de Administración General y de Uso del Espacio Público.
Artículo 4°.- Modifícase la dependencia orgánico funcional de las Direcciones
Generales Regeneración Urbana y de Obras de Regeneración Urbana, las cuales
pasarán a depender de la Unidad Ministro.
Artículo 5°.- Modifícase la dependencia funcional de las Direcciones Generales
Fiscalización del Espacio Público, de Ferias y de Ordenamiento del Espacio Público,
las cuales pasarán a depender de la Subsecretaría de Administración General y de
Uso del Espacio Público.
Artículo 6°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Cementerios dependiente de la Subsecretaría Mantenimiento del Espacio Público.
Artículo 7°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Tratamiento y Nuevas Tecnologías dependiente de la Subsecretaría de Higiene
Urbana.
Artículo 8°.- Suprímase la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público.
Artículo 9°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la
Subsecretaría de Administración y de Uso del Espacio Público del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público deberá informar, en un plazo de 30 días, a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la
asignación de la dotación de la Jurisdicción, en virtud de la modificación establecida en
el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 10.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 11.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Ambiente
y Espacio Público, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 12.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del
Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Macchiavelli - Mura - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5214