LEY 5862 2017
Síntesis:
PRÓRROGA DE PLAZO - 31 DE DICIEMBRE DE 2018 - ENTRADA EN VIGENCIA DEL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 622 - PROHIBICIÓN DE INGRESO DE GANADO EN PIE - TERRITORIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EXCEPCIÓN - EXPOSICIONES - FERIAS - ACTIVIDADES CIENTÍFICAS - CULTURALES - DEPORTIVAS
Publicación:
21/09/2017
Sanción:
07/09/2017
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
19/09/2017
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2018 la entrada en vigencia del
artículo 1° de la Ley 622 (texto consolidado por Ley 5666), referida a la prohibición de
ingreso de ganado en pie en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
con la excepción de aquellos destinados exposiciones, ferias o actividades científicas,
culturales o deportivas.
Art 2°. - La presente Ley entrará en vigencia a partir de su sanción.
Art. 3°.- Comuníquese, etc. Polledo - Pérez