RESOLUCIÓN 73 2017 SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN
Síntesis:
PRORROGA DE PLAZO - 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017 - RESOLUCIÓN 2017-1306-MAYEPGC - REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO - PERSONAS INSCRIPTAS - REGISTRO DE CUIDADORES DE CEMENTERIOS - INSCRIPTOS - SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
Publicación:
21/09/2017
Sanción:
15/09/2017
Organismo:
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN
VISTO:
La Resolución N° 2017-1306-MAYEPGC y Resolución N° 2017-60-SSADMIN, los
Expedientes Electrónicos N° EX-2017-19104984- -MGEYA-MAYEPGC y N° 2017-
17791920-MGEYA-MAYEPGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 2017-1306-MAYEPGC se dispuso el reempadronamiento
obligatorio para todas las personas inscriptas como cuidadores, ayudantes de
cuidadores o aspirantes a serlo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
a fin de actualizar los datos existentes en el Registro de Cuidadores en el marco de la
Ordenanza N° 36.604 y modificatoria;
Que en el artículo 4° de la misma, se enumeró la documentación que deberán
presentar los interesados al momento de presentarse a los efectos indicados,
estableciendo que el reempadronamiento se efectuará entre los días 14 y 31 de
agosto de 2017 inclusive, de lunes a viernes de 10.00 a 16.00 horas;
Que en virtud de una presentación efectuada por el Sindicato de Obreros y Empleados
de los Cementerios de la República Argentina (SOECRA) solicitando una prórroga
para la presentación de la documentación exigida en los apartados e) y f) del artículo
4° de la mentada Resolución, atento a que su obtención depende de los tiempos de
otras reparticiones públicas, mediante Resolución N° 2017-60-SSADMIN se extendió
el plazo para el reempadronamiento hasta el día 14 de septiembre inclusive;
Que mediante Expediente Electrónico N° EX-2017-19104984- -MGEYA-MAYEPGC el
Sindicato de Obreros y Empleados de los Cementerios de la República Argentina
(SOECRA) solicita una nueva prórroga a fin de poder asegurar el cumplimiento por
parte de sus afiliados de toda la documentación exigida;
Que en el artículo 2° de la Resolución citada, el Ministro de Ambiente y Espacio
Público facultó a esta Subsecretaría de Administración para el dictado de los actos
complementarios, aclaratorios y necesarios para la implementación de la misma;
Que lo solicitado resulta razonable en términos operativos, y no afecta derecho alguno
de los administrados toda vez que dicha situación no altera lo establecido en la
Resolución citada;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo
mediante el cual se prorrogue el plazo previsto en la Resolución N° 2017-1306-
MAYEPGC hasta el 29 de septiembre del corriente año inclusive.
Por ello, en uso de las facultades fijadas en el artículo 2° de la Resolución N° 2017-
1306-MAYEPGC,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 29 de septiembre de 2017 inclusive, el plazo
establecido en la Resolución N° 2017-1306-MAYEPGC para el reempadronamiento
obligatorio de todas las personas inscriptas en el Registro de Cuidadores de
Cementerios.
Artículo 2°.- Publíquese por el término de un (1) día en un diario de amplia circulación
en la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires y en las carteleras de los Cementerios de la Ciudad Comuníquese a
la SubsecretarÍa de Mantenimiento del Espacio Público y la Dirección General
Cementerios. Gírese a la Subsecretaría de Administración de este Ministerio de
Ambiente y Espacio Público para su implementación. Cumplido, archívese. Limodio