DECRETO 780 1996

Síntesis:

PROMULGA A ORDENANZA N° 51.267

Publicación:

27/12/1996

Sanción:

23/12/1996

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por la Cláusula Transitoria vigésimotercera de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires promúlgase la Ordenanza N° 51.267, sancionada por el Concejo Deliberante el 21 de diciembre de 1996. Dése al Registro, gírese copia a la Dirección de Enlace con el Concejo Deliberante dependiente de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Planificación Presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.

El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

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