ORDENANZA 39751 1984

Síntesis:

ADHIERE LA MUNICIPALIDAD A LOS ALCANCES DE LA LEY NACIONAL DEL DEPORTE N° 20.655 - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

21/02/1984

Sanción:

31/01/1984

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

10/02/1984


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

 

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a ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

El Honorable Concejo Deliberante

de la Ciudad de Buenos Aires

Sanciona con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Adhiérese la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a los alcances establecidos en la Ley Nacional del Deporte N� 20.655.

Art. 2° - Por la Subsecretaría de Acción Social se dispondrán las medidas pertinentes, para el cumplimiento de la adhesión dispuesta en el artículo 1�, conforme con los derechos y obligaciones que emergen de la citada Ley.

Art. 3° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
ADHIERE
<p>Artículo 1 de la Ordenanza 39751 adhiere la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a los alcances establecidos en la Ley Nacional del Deporte 20.655.</p>
INTEGRADA POR
<p>Disposición 31-DGD/03 crea, en el ámbito de la Dirección General de Deportes, el Registro de Clubes de la Ciudad, en el marco de la adhesión efectuada por Ordenanza 39751.</p>