RESOLUCIÓN 5 2017 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
PRÓRROGA DE PLAZO - RESOLUCIÓN 1306-MAYEPGC-17 - REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO - REGISTRO DE CUIDADORES DE CEMENTERIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS
Publicación:
09/10/2017
Sanción:
03/10/2017
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
VISTO:
Las Resoluciones N° 2017-1306-MAYEPGC, N° 2017-60-SSADMIN y N° 2017-73-
SSADMIN, los Expedientes Electrónicos N° EX-2017-19104984- -MGEYA-MAYEPGC
y N° 2017-17791920-MGEYA-MAYEPGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 2017-1306-MAYEPGC se dispuso el reempadronamiento
obligatorio para todas las personas inscriptas como cuidadores, ayudantes de
cuidadores o aspirantes a serlo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
a fin de actualizar los datos existentes en el Registro de Cuidadores en el marco de la
Ordenanza N° 36.604 y modificatoria;
Que en el artículo 4° de la misma, se enumeró la documentación que deberán
presentar los interesados al momento de presentarse a los efectos indicados,
estableciendo que el reempadronamiento se efectuará entre los días 14 y 31 de
agosto de 2017 inclusive, de lunes a viernes de 10.00 a 16.00 horas;
Que oportunamente, a raíz de presentaciones efectuadas por el Sindicato de Obreros
y Empleados de los Cementerios de la República Argentina (SOECRA), se prorrogó el
plazo para la presentación de la documentación requerida, mediante las Resoluciones
N° 2017-60-SSADMIN y N° 2017-73-SSADMIN, llevando la fecha de finalización del
mencionado plazo al 29 de septiembre de 2017;
Que con fecha 28 de septiembre del corriente, el Sindicato antes mencionado, solicitó
una nueva prórroga para el cumplimiento de los recaudos establecidos en la
Resolución N° 2017-1306-MAYEPGC, fundándose en la demora generada por
gestiones que deben realizarse en otros organismos, así como también en la gran
cantidad de afiliados realizando los trámites correspondientes;
Que en el artículo 2° de la Resolución citada, el Ministro de Ambiente y Espacio
Público facultó a esta Subsecretaría de Administración para el dictado de los actos
complementarios, aclaratorios y necesarios para la implementación de la misma;
Que lo solicitado resulta razonable en términos operativos, y no afecta derecho alguno
de los administrados toda vez que dicha situación no altera lo establecido en la
Resolución citada;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo
mediante el cual se prorrogue el plazo previsto en hasta el 9 de octubre del corriente
año inclusive.
Por ello, en uso de las facultades fijadas en el artículo 2° de la Resolución N° 2017-
1306-MAYEPGC,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 9 de octubre de 2017 inclusive, el plazo establecido
en la Resolución N° 2017-1306-MAYEPGC para el reempadronamiento obligatorio de
todas las personas inscriptas en el Registro de Cuidadores de Cementerios.
Artículo 2°.- Publíquese por el término de un (1) día en un diario de amplia circulación
en la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires y en las carteleras de los Cementerios de la Ciudad. Comuníquese a
la Subsecretaria de Mantenimiento del Espacio Público y a la Dirección General
Cementerios. Gírese a la Subsecretaría de Administración General y de Uso del
Espacio Publico de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público para su
implementación. Cumplido, archívese. Limodio