DECRETO 518 2001

Síntesis:

PROMULGA LA LEY 547

Publicación:

24/04/2001

Sanción:

19/04/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 547, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 29 de marzo del año en curso. Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Educación.

El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, de Gobierno y de Hacienda y Finanzas. IBARRA - Filmus - Fernández - Pesce

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