ORDENANZA 52340 1997

Síntesis:

MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA ORDENANZA N° 47.533 (B.M. N° 19.763) - PARQUE INDOAMERICANO.

Publicación:

23/02/1998

Sanción:

28/11/1997

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

19/12/1997

Estado:

No vigente


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:

Artículo 1° - Modificase el artículo 1° de la Ordenanza N° 47.533 (B.M. N° 19.763), el que quedará sustituido por el siguiente texto:

“Desaféctase el polígono determinado por la Avenida Lacarra, la calle José Barros Pazos y su proyección virtual hasta las vías del Ferrocarril Belgrano, Vías del Ferrocarril Belgrano, Av. Escalada y Av. Castañares hasta su encuentro con la Av. Lacarra, de los distritos de zonificación RU y E4 a los que pertenece”.

Art. 2° - Comuníquese, etcétera.

Buenos Aires, 10 de febrero de 1998.

La presente Ordenanza N° 52.340 ha quedado automáticamente promulgada el 19 de diciembre de 1997.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente, gírese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales en prosecución de su trámite.

Germán A. Voz
Subsecretario Legal y Técnico

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MODIFICA
Art. 1° Art. 1°