DECRETO 680 2001

Síntesis:

PROMULGA LEY 588

Publicación:

16/05/2001

Sanción:

11/05/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 588, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 26 de abril del corriente año. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y remítase, para su conocimiento y demás efectos al ex Programa de Gestión Administrativa del ex Concejo Deliberante y a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de Contaduría y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

El presente Decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete y el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. IBARRA - Fernández - Pesce

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