DISPOSICIÓN 100 2017 SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
Síntesis:
APRUEBA TALLER DE VIOLENCIA SEXUAL - ALUMNOS - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A OFICIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA ACADÉMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
30/10/2017
Sanción:
25/10/2017
Organismo:
SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
VISTO:
La Ley N° 5688, la Resolución N° 22/ISSP/17, la Nota N° 24169185/SAISSP/17 y el
Expediente Electrónico N° 24002975/MGEYA/SGISSP/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a Oficial de
la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el ingreso a la Policía de la Ciudad se produce previa aprobación de los
programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto
Superior de Seguridad Pública (128 inc. 7 Ley 5688);
Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad deben cursar y aprobar el curso
de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública, que es quien
determina entre otras cuestiones, el contenido del diseño curricular, el régimen de
asistencia y de evaluación, el régimen de prácticas profesionalizantes, las actividades
extracurriculares y de extensión y demás aspectos que hacen a la formación de los
futuros Oficiales (Arts. 151 y 151 Ley 5688);
Que desde otra perspectiva, en el Libro IV referido al Instituto Superior de Seguridad
Pública, la ley 5688 prescribe que para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad,
el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a
Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas,
seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación
integral técnico humanística del futuro oficial (Art. 379 Ley 5688);
Que en tal sentido, el contenido del plan de estudios, la organización de la estructura
curricular, los contenidos mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada
materia, las prácticas profesionalizantes y sus objetivos, las actividades
extracurriculares y de extensión como así también la duración y demás aspectos que
hacen al desarrollo del curso son establecidos por el Instituto Superior de Seguridad
Pública (Art. 380 Ley 5688);
Que por la Resolución N° 22/ISSP/17 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";
Que entre los principios rectores que sigue el Instituto para el desarrollo de su misión y
funciones, se encuentra la formación en derechos, con el objetivo de generar
conciencia sobre la importancia de la protección de los derechos y garantías
fundamentales de las personas establecidas en la Constitución Nacional, la
Constitución de la Ciudad y en las Declaraciones, Convenciones, Tratados y Pactos
complementarios, como sustrato básico del significado de seguridad íntimamente
ligado al de la libertad y promover el fiel cumplimiento de las normas constitucionales,
legales y reglamentarias vigentes (Art. 360 inc. 2);
Que asimismo, entre los núcleos de formación de la estructura pedagógica curricular
de la formación inicial de los cadetes, se encuentra el de derechos humanos y ética
profesional. (Art. 376 inc. 3 Ley 5688);
Que conforme reza el artículo 7 del Anexo I de la Resolución 14/ISSP/13 "Reglamento
del Instituto Superior de Seguridad Pública", entre los fines y objetivos de esta casa de
estudios, se encuentra el realizar todo tipo de actividad académica que fortalezca su
labor;
Que en este marco, resultando relevante el desarrollo de prácticas profesionalizantes y
actividades extracurriculares destinadas a formar integralmente a los cadetes, a
propuesta de la Dirección General de Atención y Asistencia a la Víctima del Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la
Nota N° 24169185/SAISSP/2017 la Sra. Directora de Docencia y Contenidos del
Instituto Superior de Seguridad Pública elevó a consideración de esta Instancia una
actividad denominada "Taller de Violencia Sexual", destinada específicamente a los
estudiantes del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires";
Que la finalidad del mencionado talleres abordar desde una perspectiva teórica y
práctica temas relativos a la violencia sexual en mujeres, niños, niñas y adolescentes
brindando herramientas que permitan identificar estas situaciones y dotarlos de
estrategias de intervención adecuadas velando por la protección de los derechos de
las víctimas;
Que la presente actividad mediante el análisis de casos prácticos, procura que los
cadetes aprehendan los conocimientos necesarios para asistir a las víctimas de
violencia de género y violencia sexual, para contenerlas, recibir denuncias, colaborar
en su realización, ser diligentes en la intervención policial y lograr una derivación
asistida, velando por el bienestar de las afectadas y sus hijos;
Que esta formación asimismo, permitirá a los estudiantes reflexionar sobre la realidad
sociocultural, advertir la presencia de esta problemática en los más diversos ámbitos y
estratos sociales, y llevar adelante un futuro desempeño profesional respetuoso y
diligente;
Que a la luz de todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Aprobar el "Taller de Violencia Sexual", destinado a los alumnos del "Curso
de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos
Aires", que como Anexo IF N° 24551309/SAISSP/2017 forma parte integrante de la
presente Disposición.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Sra. Directora del Instituto
Superior de Seguridad Pública, a la Dirección de Docencia y Contenidos del Instituto
Superior de Seguridad Pública y al Coordinador de Capacitación e Instrucción Policial
del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5243