RESOLUCIÓN 22 2017 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 38-ISSP-15 - APRUEBA CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A OFICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PÚBLICA - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL - INGRESO DE OFICIALES - LEY 5.688

Publicación:

09/03/2017

Sanción:

07/03/2017

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 5.688, la Resolución N° 38/ISSP/2015, la Nota N°

5791768/MGEYA/SAISSP/17, el Expediente

Electrónico N°

5551286/MGEYA/SGISSP/17, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos

sobre seguridad;

Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal

de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de

la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad

ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos

aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así

como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana

de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y

capacidad;

Que la mentada ley establece en el Título III "Formación de los aspirantes a Oficial de

la Policía de la Ciudad de Buenos Aires", Capítulo III "Curso de formación inicial para

aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires", artículo 379: "Para

egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente

el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad,

incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias

que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del

futuro Oficial. La duración del curso no puede ser inferior a un (1) año.", y el artículo

380 dispone: "El contenido del plan de estudios, la organización de la estructura

curricular, los contenidos mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada

materia, las prácticas profesionalizantes y sus objetivos, las actividades

extracurriculares y de extensión, como así también la duración y características del

ciclo lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el régimen de evaluaciones y

promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del curso son establecidos por

el Instituto Superior de seguridad Pública";

Que en dicho contexto, el Sr. Secretario Académico mediante Nota N°

5791768/SAISSP/17, elevó a consideración la propuesta de realización del "Curso de

Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";

motivada en la entrada en vigencia a partir del 1 de enero de 2017 de la Ley N° 5.688

de Sistema Integral de Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que crea

una nueva fuerza de seguridad porteña integrando a la Policía Metropolitana con

efectivos traspasados de la Policía Federal, llamada Policía de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que la Policía de la Ciudad nace como una institución civil armada, jerarquizada

profesionalmente y depositaria de la fuerza pública del Estado cuyas funciones

constituyen un servicio público esencial prestado por sus integrantes que tienen el

carácter de funcionarios públicos;

Que el propio diseño institucional de esta fuerza, de escalafón único, la proyecta

desde el inicio como una policía moderna y profesional, apta para enfrentar los nuevos

desafíos que plantea la sociedad en materia de seguridad, e inspirada en el modelo de

policía comunitaria, fortaleciendo las relaciones entre la policía y la sociedad civil y

desarrollando programas específicos para cada comunidad;

Que las pautas que establece la ley mencionada, ha llevado a rever el Curso de

Formación Inicial dictado por esta casa de estudios para aspirantes a oficial de policía

sobre la base de los lineamientos que ahora establece la Ley N° 5.688, por lo que se

debe dejar sin efecto la Resolución N° 38/ISSP/15 que aprobó el "Curso de Formación

Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía Metropolitana.";

Que a la luz de todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente,

a los fines de la aprobación del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de

la Policía de la Ciudad de Buenos Aires".

Por ello, en uso de las facultades que son propias,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución N° 38/ISSP/15 que aprobó el "Curso de

Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía Metropolitana."

Artículo 2.- Aprobar el "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía

de la Ciudad de Buenos Aires", cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que

como IF-2017-6128094-ISSP, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Secretario de Seguridad, a

la Secretaría Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad

Pública. Cumplido, archívese. De Langhe


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5084

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 25-ISSP-18 deja sin efecto la Resolución 22-ISSP-17.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 22-ISSP-17 deja sin efecto la Resolución 38-ISSP-15.-</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1  de la Disposición 92-SAISSP-17 aprueba Taller de Derechos Humanos de Niñas Niños y Adolescentes  Sistema de Protección Integral de Derechos y Justicia Penal Juvenil en la Ciudad, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Resolución 22-ISSP-17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 98-SSAISSP-17 aprueba el Taller de Derechos del Consumidor y Usuario. Servicios<br />Públicos locales de competencia del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Resolución 22-ISSP-17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 98-SSAISSP-17 aprueba el Taller de Taller de Guardia Verde, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Resolución 22-ISSP-17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 98-SSAISSP-17 aprueba el Taller de Violencia Sexual, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Resolución 22-ISSP-17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 98-SSAISSP-17 aprueba el Taller de Trata de Personas, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Resolución 22-ISSP-17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 98-SSAISSP-17 aprueba el Taller de Diversidad Sexual, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Resolución 22-ISSP-17.</p>