RESOLUCIÓN 25 2018 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 22-ISSP-17 - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A OFICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - APROBACIÓN - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD - PROGRAMA - CONTENIDOS
Publicación:
22/03/2018
Sanción:
19/03/2018
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5.688, la Resolución N° 22/ISSP/2017, la Nota N°
8206514/MGEYA/SAISSP/18, el Expediente
Electrónico N°
7962922/MGEYA/SGISSP/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo
referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos
sobre seguridad;
Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal
de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de
la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad
ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos
aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así
como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana
de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y
capacidad;
Que la mentada ley establece en el Título III "Formación de los aspirantes a Oficial de
la Policía de la Ciudad de Buenos Aires", Capítulo III "Curso de formación inicial para
aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires", artículo 379: "Para
egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente
el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad,
incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias
que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del
futuro Oficial. La duración del curso no puede ser inferior a un (1) año.", y el artículo
380 dispone: "El contenido del plan de estudios, la organización de la estructura
curricular, los contenidos mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada
materia, las prácticas profesionalizantes y sus objetivos, las actividades
extracurriculares y de extensión, como así también la duración y características del
ciclo lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el régimen de evaluaciones y
promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del curso son establecidos por
el Instituto Superior de seguridad Pública";
Que en dicho contexto, el Sr. Secretario Académico mediante Nota N°
8206514/SAISSP/18, elevó a consideración la propuesta de "Curso de Formación
Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";
Que la formación y capacitación de los aspirantes a oficial de la Policía de la Ciudad
se caracteriza por inculcar el estricto cumplimiento de las normas constitucionales,
legales y reglamentarias vigentes, procurando la aprehensión de los conocimientos
necesarios para que el personal pueda desempeñar su accionar con objetividad,
responsabilidad, respeto a la comunidad, imparcialidad e igualdad en el cumplimiento
de la ley, protegiendo los derechos y garantías fundamentales de las personas;
Que el proyecto mencionado se funda en la necesidad de actualizar la estrategia
didáctica y el plan de estudios haciendo hincapié en las exigencias del accionar
policial, los procedimientos y protocolos de actuación, el desarrollo de aptitudes y
valores necesarios para el ejercicio responsable de las funciones y labores que sean
asignadas al futuro oficial, incrementando, en tal sentido, las oportunidades de
perfeccionamiento técnico y práctico en los ámbitos que plantea el perfil profesional;
Que a ello se suma, el interés de esta casa de estudios por adecuar la currícula a la
Resolución CFE N° 334/18 del Consejo Federal de Educación, que en su Artículo 1
aprueba el documento del Marco de Referencia para la Formación Profesional Inicial
del "Agente de Policía";
Que en este contexto, se ha elaborado un nuevo proyecto de Curso de Formación
Inicial, por lo que será necesario dejar sin efecto la Resolución N° 22/ISSP/17 que
aprobara el "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires", vigente durante el Ciclo Lectivo 2017;
Que a la luz de todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente,
a los fines de la aprobación del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de
la Policía de la Ciudad de Buenos Aires".
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución N° 22/ISSP/17 que aprobó el "Curso de
Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires",
vigente durante el Ciclo Lectivo 2017.
Artículo 2.- Aprobar el "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía
de la Ciudad de Buenos Aires", cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que
como IF-2018-8310197-ISSP, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Secretario de Seguridad, a
la Secretaría Académica, a la Dirección de Docencia y Contenidos y a la Secretaría
General del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe