DISPOSICIÓN 52 2018 SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA

Síntesis:

SE APRUEBA TALLER DE NUTRICIÓN Y ALIMENTACIÓN SALUDABLE - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - SECRETARÍA ACADÉMICA - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A OFICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL

Publicación:

25/04/2018

Sanción:

17/04/2018

Organismo:

SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA


VISTO:

La Ley N° 5688, la Resolución N° 25/ISSP/17, la Nota N° 10847330/SAISSP/18 y el

Expediente Electrónico N° 10653867/MGEYA/SGISSP/18, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una

instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública

y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a Oficial de

la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el ingreso a la Policía de la Ciudad se produce previa aprobación de los

programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto

Superior de Seguridad Pública (128 inc. 7 Ley 5688);

Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad deben cursar y aprobar el curso

de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública, que es quien

determina entre otras cuestiones, el contenido del diseño curricular, el régimen de

asistencia y de evaluación, el régimen de prácticas profesionalizantes, las actividades

extracurriculares y de extensión y demás aspectos que hacen a la formación de los

futuros Oficiales (Arts. 151, 151 y 380 Ley 5688);

Que desde otra perspectiva, en el Libro IV referido al Instituto Superior de Seguridad

Pública, la ley 5688 prescribe que para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad,

el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a

Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas,

seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación

integral técnico humanística del futuro oficial (Art. 379 Ley 5688);

Que por la Resolución N° 25/ISSP/18 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para

Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";

Que entre los principios rectores que sigue el Instituto para el desarrollo de su misión y

funciones, se encuentra la formación en derechos, con el objetivo de generar

conciencia sobre la importancia de la protección de los derechos y garantías

fundamentales de las personas establecidas en la Constitución Nacional, la

Constitución de la Ciudad y en las Declaraciones, Convenciones, Tratados y Pactos

complementarios, como sustrato básico del significado de seguridad íntimamente

ligado al de la libertad y promover el fiel cumplimiento de las normas constitucionales,

legales y reglamentarias vigentes (Art. 360 inc. 2);

Que asimismo, entre los núcleos de formación de la estructura pedagógica curricular

de la formación inicial de los cadetes, se encuentra el de derechos humanos y ética

profesional. (Art. 376 inc. 3 Ley 5688);

Que conforme reza el artículo 7 del Anexo I de la Resolución 14/ISSP/13 "Reglamento

del Instituto Superior de Seguridad Pública", entre los fines y objetivos de esta casa de

estudios, se encuentra el realizar todo tipo de actividad académica que fortalezca su

labor;

Que en este marco, resultando relevante el desarrollo de prácticas profesionalizantes y

actividades extracurriculares destinadas a formar integralmente a los cadetes del

"Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires", la Directora de Docencia y Contenidos, mediante Nota N°

10847330/SAISSP/2018 elevó a consideración de esta instancia el "Taller de Nutrición

y Alimentación Saludable";

Que entre los derechos humanos, es de primerísima importancia el derecho a una

alimentación saludable, la interpretación y la aplicación del mismo continúa

evolucionando de una manera significativa desde su inclusión en el Artículo 25 de la

Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948;

Que la actual concepción del derecho a la alimentación desde la seguridad alimentaria

lleva a la consideración del derecho de disponibilidad, acceso, utilización y estabilidad

alimentaria, así como al reconocimiento máximo de la nutrición como un resultado

posible;

Que es necesario tener conocimientos en la materia para llevar una alimentación

adecuada y llegar al bienestar nutricional que es la principal capacidad primaria que

permite al ser humano estar sano;

Que la finalidad del taller es abordar desde una perspectiva teórica y práctica los

temas relativos la alimentación como derecho humano, al acceso físico y económico a

una alimentación adecuada en todo momento con el objeto de erradicar malos hábitos

que llevan a la desnutrición, a la obesidad, a la mal nutrición debido a dietas

desequilibradas junto a un sinfín de enfermedades o dolencias que traen consigo los

excesos y carencias de diferentes nutrientes;

Que la presente actividad extracurricular se enmarca en las prácticas

profesionalizantes y procura que los cadetes aprehendan los conocimientos

necesarios para tener una buena alimentación, saber elegir y combinar alimentos,

conocer la importancia de cada comida, la necesidad de estar hidratados, conocer las

consecuencias de los malos hábitos alimenticios y los parámetros antropométricos

adecuados, lo que repercutirá en un mejor rendimiento y buena aptitud física para el

cumplimiento de su futura labor profesional;

Que a la luz de todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo

correspondiente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO ACADÉMICO DEL

INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE

Artículo 1.- Aprobar el "Taller de Nutrición y Alimentación Saludable", destinado a los

alumnos del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la

Ciudad de Buenos Aires"; que como Anexo IF N° 10850577/SAISSP/2018 forma parte

integrante de la presente Disposición.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Sra. Directora del Instituto

Superior de Seguridad Pública, a la Dirección de Docencia y Contenidos del Instituto

Superior de Seguridad Pública y al Coordinador de Capacitación e Instrucción Policial

del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5361

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Dispocisión 52-SSAISSP-18 aprueba el Taller de Nutrición y Alimentación Saludable, destinado a los alumnos del Curso de Formación Inicial para  Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, aprobado por Resolución 25-ISSP-18.</p>