RESOLUCIÓN 221 2018 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
APRUEBA - PROGRAMA PILOTO DE FORMACIÓN MODULAR - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A OFICIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD
Publicación:
06/11/2018
Sanción:
01/11/2018
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO:
La Ley N° 5.688, la Resolución N° 25/ISSP/18, la Nota N° 30012382/SAISSP/18 y el
Expediente Electrónico N° 29948146/MGEYA/ISSP/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
y es órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los
actores involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a
Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el ingreso a la Policía de la Ciudad se produce previa aprobación de los
programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto
Superior de Seguridad Pública (Artículo 128 inciso 7 de la Ley 5.688);
Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad deben cursar y aprobar el curso
de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública, que es quien
determina entre otras cuestiones, el contenido del diseño curricular, el régimen de
asistencia y de evaluación, el régimen de prácticas profesionalizantes, las actividades
extracurriculares y de extensión y demás aspectos que hacen a la formación de los
futuros Oficiales (Artículos 151, 152 y 380 de la Ley 5.688);
Que desde otra perspectiva, en el Libro IV referido al Instituto Superior de Seguridad
Pública, la Ley N° 5.688 prescribe que para egresar como Oficial de la Policía de la
Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes,
visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la
formación integral técnico humanística del futuro oficial (Artículo 379 de la Ley 5.688);
Que por la Resolución N° 25/ISSP/18 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";
Que la formación y la capacitación se basa fundamentalmente en la labor policial, en el
adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y actualización permanente y está
asentada en la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de
las tareas básicas propias de los perfiles y especialidades policiales (Artículo 370 de la
Ley 5.688);
Que la formación inicial de los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad se articula
en función de diferentes núcleos constituidos como pautas de la estructura pedagógica
curricular, entre los que se encuentran el legal-institucional, dirigido a introducirlos en
los contenidos teóricos y prácticos relacionados con la normativa vigente en materia
de seguridad pública (Artículo 376 inciso 1 de la Ley 5.688), el núcleo social
criminológico, orientado a la formación teórico-práctica referida a los conocimientos
propios de las ciencias sociales aplicados a las problemáticas delictivas e
institucionales referidas a la seguridad pública, tales como los conocimientos propios
de la ciencia política, sociología y criminología (Artículo 376 inciso 3 de la Ley 5.688),
el núcleo de derechos humanos y ética profesional, destinado a la formación teórico
práctica en materia de derechos humanos con un enfoque transversal que atraviese
los conocimientos propios de la profesión y función policial (Artículo 376 inciso 3 de la
Ley 5.688), el núcleo policial, orientado a la formación teórico práctica en los
conocimientos propios del ejercicio de las labores policiales, la obtención de los
métodos, técnicas y adiestramiento para el desempeño, en especial aquellas referidas
a las medidas de seguridad, la gestión policial estratégica y táctica, las acciones
técnico operacionales, de supervisión, de dirección superior policiales, la inteligencia
criminal, y la logística (Artículo 376 inciso 4 Ley 5.688), y el núcleo de orientación
especializada, destinada a la formación práctica en relación a las labores propias del
agrupamiento y especialidad seleccionados durante la última etapa (Artículo 376 inciso
5 de la Ley 5.688);
Que a través de visitas institucionales mutuas con la Escuela de Formación Básica de
la Policía de Baviera (Baryerische Bereitschafts Polizeiabteilung), integradas por
distintos funcionarios policiales y civiles que intervienen en la formación y capacitación
permanente de ambos cuerpos policiales, se ha desarrollado el intercambio de
experiencias, conocimientos, estrategias metodológicas educativas y técnicas
pedagógicas de aplicación específica a la formación policial;
Que estas actividades de intercambio han permitido observar similitudes en la visión
del modelo policial adoptado por la Policía de Baviera y la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires, pues ambas instituciones tienen una base común, se sustentan en el
modelo policial comunitario y de proximidad con el vecino, detentan una visión
respetuosa de las garantías constitucionales y los derechos humanos, y tienden a la
profesionalización de sus integrantes a través de la formación de calidad y
capacitación permanente;
Que la experiencia educativa altamente positiva observada en las visitas a la escuela
de formación policial básica sita en Bavaria, ha permitido al Instituto Superior de
Seguridad Pública visibilizar la posibilidad de concretar el desarrollo de un programa
para la puesta en funcionamiento de una experiencia piloto en la implementación del
sistema de educación modular enfocada a la formación inicial de la Policía de la
Ciudad, como herramienta pedagógica tendiente a elevar los estándares de formación
y capacitación de los aspirantes;
Que en este entendimiento el Sr. Secretario Académico del Instituto Superior de
Seguridad Pública, mediante la Nota N° 30012382/SAISSP/2018, ha elevado a
consideración de esta instancia el "Programa Piloto de Formación Modular para el
Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad",
destinado a los alumnos del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la
Policía de la Ciudad de Buenos Aires";
Que la formación modular es una estrategia de enseñanza centrada en la toma de
decisiones supervisada. En tal sentido, la solución de problemas combina
necesariamente los conocimientos teóricos con la práctica policial;
Que se vislumbra en este programa la posibilidad de escoger módulos de aprendizaje
para la realización de un repaso teórico específico, focalizado de las cuestiones
normativas ya aprendidas en la etapa inicial de la formación, para luego avanzar en la
ejercitación práctica utilizando como metodología, simulaciones y rol play;
Que esta propuesta conjuga diversos tipos de conocimiento: teóricos, prácticos,
cognitivos, procedimentales y actitudinales, pero también de distintos campos del
saber: legales, criminológicos, estrategias y técnicas de intervención policial, manejo y
liderazgo de grupos;
Que esta técnica es de especial interés para la actividad policial, porque permite un
entrenamiento intensivo, la formación teórico-práctica de los cadetes en la institución,
garantizando el desarrollo de las habilidades profesionales previo al egreso como
Oficiales, asegurando una óptima actuación en oportunidad del ejercicio de la
profesión;
Que la transferencia de conocimientos teóricos a situaciones prácticas y la integración
de conocimientos en el ejercicio de la práctica policial, permitirá generar seguridad en
el accionar profesional y pensamiento crítico;
Que en este esquema se propone un plan de acción estratégico con el detalle de las
acciones a realizar para su implementación, los contenidos y los módulos a ejercitar;
Que este plan principia con la experiencia piloto que será la base de análisis para la
proyección e implementación del Sistema de Educación Modular para la futura
Formación Inicial para los Aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que a la luz de todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
RESUELVE
Artículo 1.- Aprobar el "Programa Piloto de Formación Modular para el Curso de
Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad", destinado a los
alumnos del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires"; que como Anexo IF N° 30066858/ISSP/2018 forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Secretaría Académica, al
Departamento de Formación Inicial y Superior, al Departamento de Capacitación y
Evaluación Permanente y al Departamento de Instrucción Policial, del Instituto
Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe