DECRETO 863 2001
Síntesis:
PROMULGA LEY 611
Publicación:
05/07/2001
Sanción:
03/07/2001
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 611, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 28 de junio de 2001. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaría del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Secretaría de Planeamietnto Urbano.
El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planeamiento Urbano y el señor Jefe de Gabinete.Ibarra- García Espil - Fernández.
NOTA: El Anexo que forma parte integrante de la Ley N° 611 no se publica. El mismo podrá ser consultado en el Departamento Registro de la Subsecretaríaa Legal y Técnica, sito en Av. de Mayo 525, 4to piso, of. 419.