ACORDADA ELECTORAL 11 2017 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
SE PROCLAMAN DIPUTADOS - LEGISLATURA DE LA CIUDAD - PERÍODO 2017-2021 - COCIENTES DE DISTRIBUCIÓN DE BANCAS - TOTAL DE VOTOS POR LISTA - ADJUDICACIÓN - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Publicación:
14/11/2017
Sanción:
09/11/2017
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los nueve días del mes de noviembre de
dos mil diecisiete, se reúnen en Acuerdo el Presidente del Tribunal Superior de
Justicia, Luis Francisco Lozano y los jueces José Osvaldo Casás y Alicia E. C. Ruiz, y
CONSIDERAN:
1. El día 22 de octubre del corriente se realizaron las Elecciones Generales
convocadas por el decreto n° 158-GCBA-2017 para elegir treinta (30) Diputados/as
titulares y diez (10) Diputados/as suplentes que integrarán el Poder Legislativo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y asumirán sus funciones el día 10 de diciembre
de 2017, en forma conjunta y simultánea con los comicios nacionales (art 4 del decreto
citado).
En virtud de la simultaneidad, conforme lo establecido en la ley n° 15.262, la
organización, ejecución, fiscalización y el escrutinio de dichos comicios correspondió a
la Junta Electoral Nacional de la Capital Federal, mientras que respecto de las mesas
de electores y electoras extranjeros/as la organización y supervisión de las elecciones
y el escrutinio definitivo, estuvo a cargo de este Tribunal.
2. Ello así, el Tribunal, por Acordada Electoral n° 10/2017 declaró la validez de las
Elecciones Generales en las mesas de electores/as extranjeros/as y comunicó el
resultado del escrutinio definitivo a la Justicia Electoral Nacional (fs. 165 y fs. 168).
3. Por su parte, la Junta Electoral Nacional del distrito Capital Federal, por Acta del 2
de noviembre de 2017 (fs.173/175 vuelta), en lo que aquí resulta de interés, declaró la
validez de la elección de Legisladores de la Ciudad de Buenos Aires realizada el 22 de
octubre y los resultados del escrutinio definitivo --que incluyen los votos
correspondientes a electores nacionales, a privados de libertad y a extranjeros--, y lo
comunicó por oficio al Tribunal (fs. 172).
Asimismo, remitió al Tribunal el soporte informático con los resultados del escrutinio
definitivo (fs. 176/177).
4. A fin de finalizar el proceso electoral, es necesario entonces, a partir del total de
votos obtenidos por las listas participantes (Anexo I), adjudicar las bancas que
corresponde a cada agrupación política, conforme lo previsto en el art. 69 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo II, "Cocientes de distribución de
bancas" y Anexo III, "Adjudicación de bancas por Agrupación Política").
Finalmente, corresponde proclamar como Diputados y Diputadas de la Legislatura de
la Ciudad de Buenos Aires para el período 2017/2021, a las personas que se
individualizan en el Anexo IV de esta Acordada, quienes asumirán sus funciones el día
10 de diciembre de 2017 (artículos 69 de la Constitución de la Ciudad de Buenos
Aires, 5° de la ley n° 15.262 y 3 del decreto n° 158-GCBA-2017).
Por ello,
1. Proclamar, en virtud de los cómputos que surgen de los anexos I, II y III, como
Diputados y Diputadas de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para
el período 2017/2021 a las personas que se individualizan en el anexo IV de la
presente Acordada.
2. Hacer saber a los Diputados y Diputadas electos/as que oportunamente se fijará el
lugar y la fecha de la entrega de los correspondientes diplomas.
3. Mandar que se registre, se notifique con carácter urgente a las agrupaciones
políticas que participaron en los comicios del 22 de octubre de 2017 y a los Diputados
y Diputadas electos, se comunique al Sr. Jefe de Gobierno, a la Legislatura de la
Ciudad, a la Auditoría de la Ciudad y a la Dirección General Electoral del GCBA, y se
publique en el Boletín Oficial
y en la web electoral del Tribunal
www.eleccionesciudad.gob.ar.
Las juezas Ana María Conde e Inés M. Weinberg no suscriben la presente por estar en
uso de licencia. Lozano - Casás - Ruiz
ANEXOS