ORDENANZA 52114 1997

Síntesis:

NORMA DEROGADA NORMA PARA LA PUBLICIDAD ESTATICA DE CIGARILLOS, TABACO Y TODO OTRO EMBLEMA O SIMBOLO RELACIONADO CON LOS MISMOS

Publicación:

12/01/1998

Sanción:

21/10/1997

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

11/11/1997

Estado:

No vigente


EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° - Establécese que la publicidad estática de cigarrillos, tabacos y todo otro emblema o símbolo relacionado con ellos, tal como logos y dibujos que, sin nombrar en forma directa al artículo que representan, faciliten pautas de identificación como tales, deberán ser realizados en blanco y negro admitiéndose solo como excepción las gamas de éstos. Queda terminantemente prohibida la publicidad estática de estos productos en otros colores o sus gamas.

Art. 2° - Comuníquese, etcétera.

Buenos Aires, 26 de noviembre de 1997.

La presente Ordenanza N° 52.114 ha quedado automáticamente promulgada el 11 de noviembre de 1997.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Gobierno, a la Dirección General de Registros y Certificaciones, gírese por intermedio de la Dirección de Enlace con el Concejo Deliberante, dependiente de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales a dicho cuerpo en prosecución de su trámite.

Germán A. Voss

Subsecretario Legal y Técnico

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 44 de la Ley 2936, deroga la Ordenanza 52114.</p>