ORDENANZA 52114 1997
Síntesis:
NORMA DEROGADA NORMA PARA LA PUBLICIDAD ESTATICA DE CIGARILLOS, TABACO Y TODO OTRO EMBLEMA O SIMBOLO RELACIONADO CON LOS MISMOS
Publicación:
12/01/1998
Sanción:
21/10/1997
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
11/11/1997
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Establécese que la publicidad estática de cigarrillos, tabacos y todo otro emblema o símbolo relacionado con ellos, tal como logos y dibujos que, sin nombrar en forma directa al artículo que representan, faciliten pautas de identificación como tales, deberán ser realizados en blanco y negro admitiéndose solo como excepción las gamas de éstos. Queda terminantemente prohibida la publicidad estática de estos productos en otros colores o sus gamas.
Art. 2° - Comuníquese, etcétera.
Buenos Aires, 26 de noviembre de 1997.
La presente Ordenanza N° 52.114 ha quedado automáticamente promulgada el 11 de noviembre de 1997.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Secretaría de Gobierno, a la Dirección General de Registros y Certificaciones, gírese por intermedio de la Dirección de Enlace con el Concejo Deliberante, dependiente de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales a dicho cuerpo en prosecución de su trámite.
Germán A. Voss
Subsecretario Legal y Técnico