DECRETO 1507 2001
Síntesis:
PROMULGA LA LEY 636
Publicación:
11/10/2001
Sanción:
03/10/2001
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 636, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 13 de septiembre de 2001. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General Administración de Infracciones y a la Unidad Administrativa de Control de Faltas. Cumplido Archívese.El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Justicia y Seguridad y el señor Jefe de Gabinete.