LEY 636 2001
Síntesis:
PRORROGA HASTA EL 31 DE MARZO DE 2002 EL PAGO VOLUNTARIO PREVISTO EN EL ARTICULO 6 DE LA LEY 591 - TRATAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS ACTAS DE INFRACCIÓN - LIBRE DEUDA Y PAGO VOLUNTARIO - EXCEPCIÓN EN INFRACCIONES POR VIOLACIÓN DE SEMÁFOROS
Publicación:
11/10/2001
Sanción:
13/09/2001
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
03/10/2001
Artículo 1° Prorrógase hasta el día 31 de marzo de 2002 el beneficio del pago voluntario previsto en el articulo 6° de la Ley N° 591. Dicha prórroga rige desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución N° 146/2001 del 16 de agosto.
Artículo 2° Comuníquese, etc.
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 636, prorroga hasta el día 31 de marzo de 2002 el beneficio del pago voluntario previsto en el artículo 6 de la Ley 591. Dicha prórroga rige desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución 146-2001 del 16 de agosto (que ratifica el DNU 4-2001).</p>
PROMULGADA POR