LEY 636 2001

Síntesis:

PRORROGA HASTA EL 31 DE MARZO DE 2002 EL PAGO VOLUNTARIO PREVISTO EN EL ARTICULO 6 DE LA LEY 591 - TRATAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS ACTAS DE INFRACCIÓN - LIBRE DEUDA Y PAGO VOLUNTARIO - EXCEPCIÓN EN INFRACCIONES POR VIOLACIÓN DE SEMÁFOROS

Publicación:

11/10/2001

Sanción:

13/09/2001

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

03/10/2001


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° Prorrógase hasta el día 31 de marzo de 2002 el beneficio del pago voluntario previsto en el articulo 6° de la Ley N° 591. Dicha prórroga rige desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución N° 146/2001 del 16 de agosto.

Artículo 2° Comuníquese, etc.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 636, prorroga hasta el día 31 de marzo de 2002 el beneficio del pago voluntario previsto en el artículo 6 de la Ley 591. Dicha prórroga rige desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución 146-2001 del 16 de agosto (que ratifica el DNU 4-2001).</p>
PROMULGADA POR