RESOLUCIÓN 322 1997 SECRETARIA DE GOBIERNO

Síntesis:

RATIFICA LOS PROCEDIMIENTOS CON RESPECTO AL LOCAL SITO EN ANSELMO AIETA 1075

Publicación:

21/01/1998

Sanción:

07/11/1997

Organismo:

SECRETARIA DE GOBIERNO


Visto el Expediente N° 193/95 por el que tramitan los procedimientos realizados por la Subsecretaria de Medio Ambiente, respecto del local sito en Anselmo Aieta 1075, y

CONSIDERANDO:

Que el referido local funcionaba como "Café-Bar”, el que a raíz de una denuncia efectuada por un vecino, por trascendencia de ruidos molestos a fincas linderas (fs.1), fue inspeccionado constatándose lo denunciado así como también que no contaba con permiso para la actividad "Música y/o Canto", motivo por el cual se dispuso la clausura del mismo por resolución N° 140-SSMA-95 (fs. 5);

Que la titular del local solicitó el levantamiento de la medida, autorizándose por Resolución N° 206-SSMA-95 (fs. 22), el retiro de las fajas de clausura y suspendiéndose la misma al sólo efecto de verificar la no trascendencia de ruidos al exterior;

Que el inspector actuante (fs. 25), informa que no se realizaron mejoras para evitar ruidos molestos, y la propietaria del local comunica que sólo va a seguir con el rubro "Café-Bar” por no poder efectuar las reformas necesarias para evitar las molestias;

Que de las inspecciones realizadas (fs. 43/44) surge que el local se encuentra cerrado y sin actividad, motivo por el cual se dictó el levantamiento de la interdicción mediante Resolución N° 58/SSMA/96 (fs. 45) por haber desaparecido las causas que la originaron, medida que no pudo ser notificada por encontrarse el local cerrado;

Que corresponde la ratificación de los procedimientos efectuados;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 215/96 (B.O. Nº 38);

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1° - Ratifícanse los procedimientos y actos administrativos emitidos en el Expediente Nº 193/95, respecto del local sito en Anselmo Aieta 1075, los que dieran lugar a la clausura de dicho establecimiento y a su posterior levantamiento por haber desaparecido las causas que la motivaron.

Art. 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaria de Medio Ambiente.