RESOLUCIÓN 208 2017 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627

Síntesis:

APRUEBA REGLAMENTO - FUNCIONAMIENTO DE LA FERIA DE ARTISTAS PLÁSTICOS DE CAMINITO - RENUEVA PERMISOS - ANTIGUOS FERIANTES - HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 - FACULTADES -DIRECCIÓN GENERAL COMUNICACIÓN Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA - ENTE DE TURISMO - PERMISO DE USO PRECARIO  

Publicación:

19/12/2017

Sanción:

13/12/2017

Organismo:

F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.627 y su modificatoriay5.460, los Decretos Nros.7.687/82, 520/87,

831/97, 1.632/05, las Resoluciones Nros. 234/SSTUR/07, 165/ENTUR/17, las

Disposiciones Nros. 28/DGDYCOF/15 y 36/DGCCO/17 y el Expediente Electrónico N°

28493408/ENTUR/2017, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 7.687/82 se transfiere el Pasaje Caminito a la jurisdicción de la

Dirección General de Turismo, dependiente de la Secretaría de Cultura;

Que el Decreto N° 520/87 autoriza a la Dirección General de Turismo la instalación de

Ferias de Interés Turístico, entre las que menciona al Pasaje Caminito dentro del rubro

Artes Plásticas y Gráficas;

Que asimismo dispone que la Dirección General de Turismo ejecutará los proyectos

de ubicación y distribución de los puestos de venta correspondientes a cada Feria de

Interés Turístico;

Que, mediante el Decreto N° 831/97, el Poder Ejecutivo creó la Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) Ferias de Buenos Aires, a la que le asignó la tarea de aplicar las

disposiciones vigentes en materia de ferias artesanales, entre las que se encontraba la

Feria de Artistas Plásticos de Caminito;

Que posteriormente, por Decreto N° 1.632/05 se suprimió la mencionada UPE,

transfiriéndose su patrimonio, el personal y presupuesto a la Dirección General de

Promoción Cultural y se estableció a la Subsecretaría de Turismo como autoridad de

aplicación y control de la normativa vigente, para el funcionamiento de la Feria de

Artistas Plásticos de Caminito;

Que asimismo se facultó a las distintas autoridades de aplicación a formular todas las

iniciativas que consideren necesarias para reglamentar el funcionamiento de las

respectivas ferias y a solicitar colaboraciones que fueren menester a las distintas

áreas de gobierno;

Que mediante la Ley N° 2627 y su modificatoria, se crea el Ente de Turismo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del

Ministerio de Cultura, transfiriéndosele las

competencias, facultades y

responsabilidades de la Subsecretaría de Turismo dependiente del Ministerio de

Cultura y Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Ley N° 5.460 se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita

del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de lo dispuesto por

el artículo 38 de la citada norma, modificatorio del artículo 1° de la Ley N° 2.627 de

creación del Ente;

Que mediante Resolución N° 234/SSTUR/07 se aprobó el reglamento para el

desarrollo y funcionamiento de la Feria de Artistas Plásticos de Caminito, renovándose

por el término de 365 días los permisos vigentes al 25 de octubre de 2005 y cuyos

titulares hubieran dado cumplimiento al relevamiento convocado por Resolución N°

6/SSTUR/06, identificándolos en el Anexo II de dicha Resolución;

Que esta Presidencia solicitó a la Ex Dirección General de Desarrollo y Competitividad

de la Oferta del Ente - actualmente, Dirección General Comunicación y Competitividad

de la Oferta, que considerara la regularización de la Feria de Artistas Plásticos de

Caminito junto con la revisión de su Reglamento;

Que en virtud de ello convocó, mediante Disposiciones Nros. 28/DGDYCOF/15 y

36/DGCCO/17, un relevamiento de los permisionarios incluidos en el Anexo II de la

Resolución N° 234/SSTUR/07, todo ello con el objetivo de regularizar la feria;

Que, en consecuencia, resulta conducente la adecuación de la normativa vigente,

procediéndose a derogar la Resolución N° 234/SSTUR/07 y aprobar una nueva

reglamentación adecuada a las necesidades actuales de la Feria de Artistas Plásticos

de Caminito;

Que la nueva reglamentación proporcionará un ordenamiento eficaz, eficiente y

transparente respecto de las actividades que se desarrollen en la Feria, circunstancia

que en definitiva redundará en beneficio de los permisionarios, las personas ligadas a

las actividades que en el mismo se desarrollen, los turistas y de los vecinos en

general;

Que además corresponde facultar a la Dirección General Comunicación y

Competitividad de la Oferta a aprobar el modelo de convenio para el otorgamiento de

permiso de uso precario a suscribirse con los permisionarios, como así también su

suscripción, ello atento a las responsabilidades primarias que ostenta de conformidad

con la Resolución N° 165/ENTUR/17;

Que por último, y con el objeto de posibilitar un mayor grado de certidumbre jurídica,

se considera oportuno renovar los permisos de los antiguos artistas con permiso

otorgado por autoridad competente o reconocimiento del antecedente obrante de

haber desarrollado la actividad;

Que ha tomado debida intervencion la Gerencia Operativa de Asuntos Legales;

Por ello, conforme las facultades emergentes del Decreto N° 1.632/05,

EL PRESIDENTE DEL ENTEDE TURISMO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.-Apruébase el Reglamento para el funcionamiento de la Feria de Artistas

Plásticos de Caminito que como Anexo I (IF N° 2017-29081472-DGCCO), forma parte

integrante de la presente:

Artículo 2°.- Renuévanse, hasta 31 de diciembre del 2019, los permisos a los antiguos

feriantes con permiso otorgado por autoridad competente o reconocimiento del

antecedente obrante de haber desarrollado la actividad, los que se identifican en el

Anexo II (IF N° 2017-29004309-DGCCO), que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Facúltese a la Dirección General Comunicación y Competitividad de la

Oferta del Ente de Turismo, a dictar las normas complementarias, operativas y

aclaratorias y a ejecutar las acciones que fueran necesarias para el mejor

cumplimiento del Reglamento que por la presente se aprueba, como así también la

aprobación del modelo de convenio para el otorgamiento de permiso de uso precario a

celebrar con los permisionarios de la Feria de Artistas Plásticos de Caminito.

Artículo 4°.- Facúltese a la Dirección General Comunicación y Competitividad de la

Oferta del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a suscribir los

convenios para el otorgamiento de permiso de uso precario a celebrar con los

permisionarios de la Feria de Artistas Plásticos de Caminito.

Articulo 5°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 234/SSTUR/07 y toda otra normativa

que se oponga a la presente.

Artículo 6°. -Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a los permisionarios, comuníquese a la Dirección General Comunicación y

Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. Cumplido, archívese. Robredo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5277

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 208-ENTUR-17 aprueba el Reglamento de la Feria de Artistas Plásticos de Caminito, en el marco del Decreto 1632-05.</p>
COMPLEMENTA
DEROGA
<p>Art. 5 de la Resolución 208-ENTUR-17 deja sin efecto la Resolución 234-SSTUR-07.</p>