RESOLUCIÓN 194 2017 SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS

Síntesis:

APRUEBA PLANES OPERATIVOS DEL CUERPO DE BOMBEROS - PLAN DIRECTOR DE EMERGENCIAS - PROCEDIMIENTO - ACTUACIÓN - APROBACIÓN DE PLANES OPERATIVOS DE EMERGENCIAS - INCIDENTES - POR PLAGAS - QUE INVOLUCREN MATERIALES RADIACTIVOS O NUCLEARES -  EN CONCENTRACIONES HUMANAS ALTERACIÓN DE MASAS  ACTOS VANDÁLICOS Y DESORDEN PÚBLICO - DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS - DE TRANSPORTE TERRESTRE AÉREO Y FLUVIAL

Publicación:

27/12/2017

Sanción:

18/12/2017

Organismo:

SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS

Estado:

No vigente


VISTO:

Las leyes Nros. 5460 y 5688; Decreto 695/GCABA/09, Decreto 363/GCABA/15 y

Decreto 675/GCABA/16, el Expediente N° 28720619-MGEYA-DGPEYCB-2017, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5460 en su Artículo 18, inciso 15, impone al Ministerio de Justicia y

Seguridad, entre otras obligaciones, la de implementar un sistema coordinado y único

de emergencias, catástrofes y siniestros,

Que el Decreto 675/16 dispone, entre las responsabilidades de la Subsecretaría de

Emergencias, la de entender en los planes de respuesta ante emergencias dentro de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el mismo Decreto, de esta manera, estipula que la Subsecretaría de Emergencias

debe generar un programa de mejora continua del sistema coordinado y único de

emergencias.

Que en relación a ello, debe planificar, diseñar e implementar políticas, planes,

procedimientos y metodologías de control y vigilancia de emergencia y comunicarlos a

la ciudadanía.;

Que, mediante el Decreto 695/09, con la finalidad de disponer de herramientas

eficaces para resolver en la práctica los problemas reales que se suscitan frente a

amenazas en la ciudad y en virtud de la existencia de un proyecto integral y

participativo para todas la aéreas involucradas ante una situación de emergencia, se

aprueba el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en la norma mencionada se estipula que la Subsecretaría de Emergencias, es la

autoridad de aplicación del Plan Director de Emergencias,

Que, asimismo, se faculta a la Subsecretaría de Emergencias a dictar las normas

complementarias y aclaratorias que sean necesarias para la implementación de dicho

Plan;

Que en el mencionado Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, las áreas integrantes de este Plan desarrollarán los Planes Operativos

correspondientes elevándolos a la autoridad de aplicación para su aprobación y

posterior incorporación definitiva;

Que en virtud de la presentación por parte del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de

Buenos Aires, creado mediante Ley N° 5688 en el marco del Sistema Integral de

Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la Subsecretaría de

Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad; de Planes Operativos

de Emergencias, correspondientes a las amenazas "Incidentes por Plagas",

"Incidentes que Involucren Materiales Radiactivos o Nucleares", "Incidentes en

Concentraciones Humanas; Alteración de Masas; Actos Vandálicos y Desorden

Público", "Incidentes de Transporte de Mercancías Peligrosas", y de "Incidente de

Transporte Terrestre, Aéreo y Fluvial", surge la necesidad de receptar los mismos,

aprobarlos e incorporarlos al Plan Director de Emergencias;

Que resulta de importancia primordial mantener actualizado el sistema de

emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para promover el ordenamiento

y la cooperación entre las actividades de distintas áreas del Gobierno, con el fin de

generar un modelo de atención de emergencias efectivo e inmediato;

Por ello y en uso de facultades que les son propias,

EL SUBSECRETARIO DE EMERGENCIAS

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTICULO 1: Apruébase el Plan Operativo correspondiente a la amenaza "Incidentes

por Plagas", del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de

la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, integrante del

Plan Director que como Anexo I (IF-2017- 28714149-CBCDAD) se adjunta y forma

parte de la presente norma.

ARTICULO 2: Apruébase el Plan Operativo correspondiente a la amenaza "Incidentes

que Involucren Materiales Radiactivos o Nucleares ", del Cuerpo de Bomberos de la

Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del

Ministerio de Justicia y Seguridad, integrante del Plan Director que como Anexo II (IF-

2017- 28714346-CBCDAD) se adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTICULO 3: Apruébase el Plan Operativo correspondiente a la amenaza "Incidentes

en Concentraciones Humanas; Alteración de Masas; Actos Vandálicos y Desorden

Público", del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la

Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, integrante del

Plan Director que como Anexo III (IF-2017- 28714393-CBCDAD) se adjunta y forma

parte de la presente norma.

ARTICULO 4 : Apruébase el Plan Operativo correspondiente a la amenaza "Incidentes

de Transporte de Mercancías Peligrosas ", del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de

Buenos Aires, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de

Justicia y Seguridad, integrante del Plan Director que como Anexo IV (IF-2017-

28714522-CBCDAD) se adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTICULO 5: Apruébase el Plan Operativo correspondiente a la amenaza "Incidente

de Transporte Terrestre, Aéreo y Fluvial", del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de

Buenos Aires, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de

Justicia y Seguridad, integrante del Plan Director que como Anexo V (IF-2017-

28714774-CBCDAD) se adjunta y forma parte de la presente norma.

ARTÍCULO 6: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, y para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase copia al Cuerpo

de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General Planeamiento de

Emergencia y Coordinación de Bomberos a los fines de que tomen conocimiento de la

mencionada aprobación. Cumplido, archívese. Nicolás


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5282

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 131/SSEMERG/23, deroga la Resolucion N° 194/SSEMERG/17.</p>
INTEGRA
<p>Arts. 1 a 4 de la Resolución 194-SSEMERG-17 aprueba Planes Operativos, en el marco del Plan Director de Emergencias, aprobado por Decreto 695-09.</p>