DECRETO 495 2017
Síntesis:
ADECUACIÓN - PLANILLAS ANEXAS - LEY N° 5915 - MODIFICACIONES - PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES PÚBLICAS 2018-2020 - APRUEBA DISTRIBUCIÓN ANALÍTICA - PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS - ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EJERCICIO 2018
Publicación:
29/12/2017
Sanción:
28/12/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), la Ley N° 5.915, el Expediente N°
29.727.921/2017-MGEYA-DGOGPP, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 54 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece que
una vez aprobada la Ley de Presupuesto General, el Poder Ejecutivo decreta la
Distribución Administrativa del Presupuesto de Gastos y remite esta información a la
Legislatura;
Que mediante la Ley N° 5.915, promulgada por el Decreto N° 473/17, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2018;
Que el artículo 13 de la Ley N° 5.915 establece que el Poder Ejecutivo distribuirá los
créditos aprobados, al máximo nivel de desagregación previsto en los clasificadores
presupuestarios, efectuando asimismo, la identificación de los Programas y las
Actividades que los componen;
Que en tal sentido, resulta necesario efectuar la pertinente desagregación de los
créditos aprobados por la Ley N° 5.915;
Que por otra parte, corresponde adecuar las Planillas 1 a 43, Anexas a la Ley de
Presupuesto General, a las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, mediante las Planillas Nros. 44 y 45 anexas a la citada
Ley N° 5.915;
Que de igual modo, deben adaptarse concordantemente las planillas correspondientes
al Plan Plurianual de Inversiones Públicas 2018-2020;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de las competencias
asignadas por el artículo 54 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666),
Artículo1°.- Adécuanse las planillas anexas a la Ley N° 5.915 a los importes
resultantes de las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires mediante las Planillas Anexas 44 y 45, de conformidad con
el detalle que, como Anexo I (IF-2017-30089300-DGOGPP), forma parte integrante del
presente decreto.
Artículo 2°.- Adécuanse, de manera concordante, las planillas que integran el Plan
Plurianual de Inversiones Públicas 2018-2020, según el detalle que, como Anexo II (IF-
2017-30089292-DGOGPP), integra el presente decreto.
Artículo 3°.- Apruébase la distribución analítica del Presupuesto General de Gastos y
Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el Ejercicio 2018, aprobado por Ley N° 5.915, según el detalle
obrante en el Anexo III (IF-2017-30089286-DGOGPP), que a todos sus efectos,
integra el presente decreto.
Artículo 4°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el
Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la
Dirección General Asuntos Legislativos y, para su conocimiento y demás efectos, pase
a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección
General Contaduría. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel