LEY 5931 2017

Síntesis:

NOTA: LA PRESENTE NORMA FUE DECLARADA NO VIGENTE AL APROBARSE LA SEGUNDA ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO POR LEY N° 6.017 (BOCBA N° 5485 DEL 25/10/2018), YA QUE SUS DISPOSICIONES FUERON INCORPORADAS EN LA NORMA PRINCIPAL A LA CUAL MODIFICA (CADUCIDAD POR OBJETO CUMPLIDO, O FUSIÓN). POR ELLO, SE RECOMIENDA CONSULTAR EL ÚLTIMO TEXTO CONSOLIDADO DE LA NORMA PRINCIPAL. MODIFICA - LEY 189 - CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - RECURSO DE APELACIÓN - PROCEDENCIA 

Publicación:

03/01/2018

Sanción:

07/12/2017

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

27/12/2017

Estado:

No vigente


CADUCA POR ANEXO IV DE LA LEY N° 6.017

Fundamentación

LEY N° 5.931

La presente norma modificatoria de la Ley N° 189 reviste carácter de instantánea, toda vez que haagotado su objeto en forma inmediata, habiendo perdido vigencia.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 219 del Título VI Recursos Capítulo III (Recurso de

Apelación) de la Ley 189 (según Texto Consolidado por Ley 5666) que quedara

redactado de la siguiente manera:

Artículo 219° - Procedencia

El recurso de apelación, salvo disposición en contrario, procede solamente respecto

de:

1. Las sentencias definitivas.

2. Las sentencias interlocutorias.

3. Las providencias simples que causen gravamen que no pueda ser reparado por la

sentencia definitiva.

Cuando el valor cuestionado en el proceso no exceda de la suma de diez mil (10.000)

unidades fijas y mientras no estén en tela de juicio prestaciones alimentarias, la

apelación ante la Cámara estará sujeta a los mismos recaudos y límites que el recurso

de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 5931 modifica el Art. 219 del Título VI Recursos Capítulo III (Recurso de Apelación) de la Ley 189.</p>
PROMULGADA POR