DECRETO 4 2018

Síntesis:

CONVOCA AUDIENCIA PÚBLICA TEMÁTICA - 16 DE FEBRERO DE 2018 - TEATRO DE LA RIBERA - MODIFICACIÓN DE TARIFA - SERVICIO DE VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL - SECRETARÍA DE ATENCIÓN Y GESTIÓN CIUDADANA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES -  DIFUSIÓN DE LA AUDIENCIA PÚBLICA - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE 

Publicación:

04/01/2018

Sanción:

03/01/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 6, 2.265 y 4.111 (textos consolidados por Ley N° 5.666), el Decreto

N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 29728267-

MGEYA-DGHCT-2017

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de las empresas

concesionarias del servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, establecida por la Ley N° 2.265, para que se adecue el

valor de la tarifa;

Que el artículo N° 66 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Ley

N° 4.111, establece que para salvaguardar la ecuación económica financiera y

considerar su eventual adecuación, la fórmula que se considerará para analizar la

evolución de los costos y su impacto sobre la tarifa estará integrada en un sesenta por

ciento (60%) por el índice promedio de la variación salarial de los trabajadores de

SMATA (Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República

Argentina) para la jurisdicción del área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un

cuarenta por ciento (40%) por el índice de variación de Precios Mayoristas Nivel

General elaborado por el INDEC", indicando que toda variación de costos superior al

cinco por ciento (5%) generara el derecho de solicitud de reconsideración de tarifas;

Que la Dirección General Habilitación de Conductores y Transporte dependiente de la

Subsecretaría de Movilidad Sustentable y Segura de la Secretaría de Transporte,

realizó un estudio sobre la rentabilidad del sector, analizando detalladamente la

evolución de los costos involucrados que inciden en la prestación de dicho servicio;

Que en tal sentido, en el informe N° IF-2017-29839204-DGHCT efectuado por la citada

Dirección General se observó una desactualización de más del cinco por ciento (5 %)

en la variación de los costos de la tarifa, resultando pertinente por ello acceder a la

revisión de dicho importe, con la finalidad de restablecer la rentabilidad y la calidad en

la prestación del servicio;

Que el análisis realizado estimó que un aumento del dieciséis por ciento (16%) en el

valor de la tarifa del Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria

restablecería razonablemente dicha ecuación económica;

Que en virtud de la Ley N° 6, la Secretaría de Transporte propicia la realización de una

Audiencia Pública Temática;

Que es de interés permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

que todos los actos de la Administración sean el resultado de tramitaciones en las

cuales se garantice la transparencia de los procedimientos administrativos;

Que la garantía de oír al administrado, en la medida que pueda verse afectado en sus

derechos o intereses, es un principio clásico del derecho constitucional y

administrativo, al cual se adhiere;

Que el procedimiento de consulta, esencialmente escrito y el procedimiento de

Audiencia Pública, preponderantemente oral, coadyuvan a la búsqueda de

transparencia y amplitud de participación y debate ciudadano;

Que el artículo 8° de la Ley N° 6, establece que el Poder Ejecutivo convoca a

Audiencia Pública mediante el dictado de un Decreto;

Que por Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

disponiéndose dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Gestión Comunal, dependiente de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de

la Jefatura de Gabinete de Ministros, la organización de las Audiencias Públicas que

convoque el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en

cumplimiento de la Ley N° 6;

Que la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la

intervención de su competencia en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las atribuidas por la

Ley N° 6,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1° Convócase a Audiencia Pública Temática para el día 16 de febrero de 2018

a las 12:00 horas en el Teatro de la Ribera, sito en Av. Don Pedro de Mendoza N°

1875 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el tratamiento de la modificación

de la tarifa para el Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, propuesta en

el Anexo I (IF-2017-30177703-SECTRANS), que forma parte integrante a todos sus

efectos del presente Decreto.

Artículo 2°.- La presente convocatoria se dirige a toda persona física o jurídica que

pueda invocar un derecho subjetivo, interés legítimo, simple, difuso o de incidencia

colectiva, relacionado con la temática objeto de la audiencia y al público en general.

Podrán asistir en carácter de participantes quienes posean domicilio en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y se inscriban previamente en el registro habilitado a tal

efecto.

Artículo 3°.- Establécese que el Organismo de Implementación encargado de

organizar la Audiencia Pública es la Subsecretaría de Gestión Comunal, dependiente

de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana de Jefatura de Gabinete de

Ministros sita en Avenida de Mayo N° 591, Piso 4° (Tel. 4348-8900 int. 1215), la que

debe disponer la apertura del Registro de Participantes.

Artículo 4°.- La inscripción de participantes y vista del expediente comienza el día 17

de enero de 2018 hasta el 8 de febrero de 2018. Los interesados podrán registrarse en

la Subsecretaría de Gestión Comunal, dependiente de la Secretaría de Atención y

Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros sita en Av. De Mayo N°

591, Piso 4 de la Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 11.00 a

16.00 hs, o a través de Internet a la dirección de correo electrónico

audienciaspublicas@buenosaires.gob.ar de conformidad a lo dispuesto por el artículo

49 de la Ley N° 6.

Artículo 5°.- La difusión de la Audiencia Pública será realizada de conformidad con los

artículos 44 a 46 de la Ley N° 6.

Artículo 6°.- Desígnase como Presidente de la Audiencia Pública al señor Ministro de

Desarrollo Urbano y Transporte o a quien designe en su reemplazo.

Artículo 7°.- La Coordinación de la Audiencia Pública estará a cargo de funcionarios de

la Subsecretaría de Gestión Comunal, dependiente de la Secretaría de Atención y

Gestión Ciudadana de la Jefatura de Gabinete de Ministros, debiendo concurrir a la

misma funcionarios de la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte, quienes aportarán la información técnica que fuere

requerida.

Artículo 8°.- Los gastos que insuma la realización de la Audiencia Pública que tramita

por el presente, serán afrontados con fondos provenientes de la partida presupuestaria

correspondiente.

Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Urbano y Transporte y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 10.- Publíquese por DOS (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión

Comunal a fin de dar cumplimiento a los artículos 3°, 4° y 5° del presente y

comuníquese a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte y a la Dirección General de Habilitaciones de Conductores y Transporte,

para que proceda a notificar a las concesionarias del Servicio de Verificación Técnica

Vehicular en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. SANTILLI

p/p - Moccia - Moccia p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5287

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 4-18 convoca a Audiencia Pública Temática, para el tratamiento de la modificación de la tarifa para el Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, en virtud del Art. 66 del Pliego aprobado por Ley 4111.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 78-SECTRANS-18 aprueba el valor de la tarifa de verificación técnica vehicular obligatoria para  automóviles y para para Motovehículos, a partir de las 00.00 Horas del día 14 de marzo de 2018.</p>