DECRETO 1 2018
Síntesis:
SE RECHAZA RECLAMO CONTRA EL DECRETO 251-17 - SOLICITUD DE RESTITUCIÓN EN EL CARGO - GERENTE OPERATIVO - GERENCIA OPERATIVA DE PROYECTOS DE ARTICULACIÓN PÚBLICO PRIVADA - INDEMNIZACIÓN POR CAMBIO DE ESTRUCTURA - RÉGIMEN GERENCIAL
Publicación:
08/01/2018
Sanción:
03/01/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 363/15, 34/16
y 251/17, las Resoluciones Nros. 899/MDEGC/14, 1040/SECRH/11, 2822/MHGC/16 y
471/MJGGC/17, los Expedientes Electrónicos N° 16890028-MGEYA-SSDECO/17, N°
16914812-MGEYA-SSDECO/17 y N° 26811661-MGEYA-SSDECO/17, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el visto tramita la presentación efectuada por el
ingeniero Hernán Jesús Palumbo, que impugna el Decreto N° 251/17 solicitando que
se disponga su inmediata restitución en el cargo de Gerente Operativo de la Gerencia
Operativa de Proyectos de Articulación Público Privada, dependiente de la Dirección
General de Gestión de Inversiones, de la Subsecretaría Inversiones del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología y, en subsidio, que se le liquide la
indemnización prevista en las normas que regulan el Régimen Gerencial para el caso
de cese de funciones por cambio de estructura;
Que la Resolución N° 899/MDEGC/14 designó a partir del 18 de diciembre de 2014 al
nombrado Palumbo como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa aludida como
resultado de un concurso público abierto;
Que el Decreto N° 251/17 modificó la estructura orgánica funcional del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología, suprimiendo la Gerencia Operativa Proyectos
de Articulación Público Privado;
Que el Decreto N° 251/17 fue dictado de conformidad a lo normado por el artículo 104
inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que establece
que es atribución del Jefe de Gobierno establecer la estructura y organización
funcional de los organismos de su dependencia;
Que, conforme lo consideró el Decreto cuestionado, la actual administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar
diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo
la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las
acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dicha norma responde a razones de interés general ligadas a la eficacia y
eficiencia de la función pública;
Que teniendo en cuenta que el interesado pretende impugnar un acto de
administración, que por su propia naturaleza resulta irrecurrible en sede administrativa,
su presentación deviene formalmente improcedente y por tal motivo será rechazada;
Que el agente Palumbo fue designado en un cargo gerencial comprendido en los
términos del artículo 39 de la Ley N° 471 (texto consolidado par Ley N° 5.666) y su
reglamentación, no perteneciendo a la planta permanente del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha designación se produjo durante la vigencia de la reglamentación del
Régimen Gerencial aprobada como Anexo de la Resolución N° 1040/SECRH/11;
Que la Resolución mencionada preveía en el artículo 31 que en los casos que se
produzca un cese por reestructuraciones administrativas, que impliquen la supresión
de organismos, dependencias o de las funciones y la eliminación de los cargos
gerenciales, el funcionario tendrá derecho a una indemnización equivalente a un (1)
mes de sueldo por cada año de ejercicio efectivo del cargo gerencial; o fracción mayor
de tres meses, tomando como base la mejor remuneración percibida;
Que al postularse como aspirante en el concurso para cubrir el cargo de gerente y,
posteriormente, al ser designado, el ingeniero Palumbo lo hizo en los términos del
régimen gerencial, que contemplaba la posibilidad de que el cese se produjera antes
del vencimiento del plazo de cinco (5) años, en virtud de la eliminación del cargo como
consecuencia de una modificación de estructura;
Que la Resolución N° 1040/SECRH/11 fue sustituida por la Resolución N°
2822/MHGC/16, pero se advierte que la regulación actualmente vigente en nada
modifica la situación del interesado, en tanto personal proveniente de ámbitos externos
a esta Administración que accedió por concurso a un cargo gerencial;
Que asimismo, el Decreto N° 363/15 aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo y en su artículo 5° estableció que los cargos del
Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015, permanecerán vigentes
hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada
jurisdicción;
Que de tal modo, corresponde rechazar el reclamo del agente Palumbo dado que de
las normas citadas se desprende que los cargos del Régimen Gerencial se encuentran
vigentes en tanto los comprendan las estructuras organizativas en que se insertan y
que una vez que uno de esos cargos es suprimido en el marco de una reforma de la
estructura orgánico funcional, su titular tendrá derecho a la indemnización mencionada
precedentemente;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N°
1.218;
Que, por el artículo 1° del Decreto N° 34/16 se estableció que, en caso de ausencia o
vacancia del Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, el reemplazante es
el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que, por Resolución N° 471/MJGGC/17 se encomendó al Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte la atención de los asuntos y firma del despacho del Sr. Ministro
de Modernización, Innovación y Tecnología desde el día 9 de diciembre de 2017,
hasta la designación del funcionario a cargo de esa cartera Ministerial;
Que asimismo, por Resolución N° 483/MJGGC/17, encomienda la atención y firma de
despacho del Jefe de Gabinete de Ministros en el Ministro de Desarrollo Urbano y
Transporte, desde el 28 de diciembre de 2017 al 8 de enero de 2018, ambas fechas
inclusive.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 34/16
y las Resoluciones Nros. 471/MJGGC/17 y 483/MJGGC/17 y por el artículo 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Recházase el reclamo efectuado por el agente Ingeniero Hernán Jesús
Palumbo contra el Decreto N° 251/17.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización,
Innovación y Tecnología y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para
que se proceda a liquidar las sumas que correspondan en los términos del artículo 5°
Anexo I de la Resolución N° 2822/MHGC/16, y para su conocimiento y demás efectos
remítase al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Notifíquese de los
términos del presente al interesado, indicando asimismo que, conforme a las pautas
establecidas en el Capítulo VI de la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 5.666), la presente agota la
vía administrativa, y que contra la misma, puede tan solo interponer el recurso previsto
en el artículo 123, de la mencionada Ley, en el plazo de 10 días hábiles. Cumplido,
archívese. SANTILLI p/p - Moccia p/p - Moccia p/p