DECRETO 1 2018

Síntesis:

SE RECHAZA RECLAMO CONTRA EL DECRETO  251-17 - SOLICITUD DE RESTITUCIÓN EN EL CARGO - GERENTE OPERATIVO - GERENCIA OPERATIVA DE PROYECTOS DE ARTICULACIÓN PÚBLICO PRIVADA - INDEMNIZACIÓN POR CAMBIO DE ESTRUCTURA - RÉGIMEN GERENCIAL 

Publicación:

08/01/2018

Sanción:

03/01/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 363/15, 34/16

y 251/17, las Resoluciones Nros. 899/MDEGC/14, 1040/SECRH/11, 2822/MHGC/16 y

471/MJGGC/17, los Expedientes Electrónicos N° 16890028-MGEYA-SSDECO/17, N°

16914812-MGEYA-SSDECO/17 y N° 26811661-MGEYA-SSDECO/17, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente citado en el visto tramita la presentación efectuada por el

ingeniero Hernán Jesús Palumbo, que impugna el Decreto N° 251/17 solicitando que

se disponga su inmediata restitución en el cargo de Gerente Operativo de la Gerencia

Operativa de Proyectos de Articulación Público Privada, dependiente de la Dirección

General de Gestión de Inversiones, de la Subsecretaría Inversiones del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología y, en subsidio, que se le liquide la

indemnización prevista en las normas que regulan el Régimen Gerencial para el caso

de cese de funciones por cambio de estructura;

Que la Resolución N° 899/MDEGC/14 designó a partir del 18 de diciembre de 2014 al

nombrado Palumbo como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa aludida como

resultado de un concurso público abierto;

Que el Decreto N° 251/17 modificó la estructura orgánica funcional del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología, suprimiendo la Gerencia Operativa Proyectos

de Articulación Público Privado;

Que el Decreto N° 251/17 fue dictado de conformidad a lo normado por el artículo 104

inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que establece

que es atribución del Jefe de Gobierno establecer la estructura y organización

funcional de los organismos de su dependencia;

Que, conforme lo consideró el Decreto cuestionado, la actual administración del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar

diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo

la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las

acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dicha norma responde a razones de interés general ligadas a la eficacia y

eficiencia de la función pública;

Que teniendo en cuenta que el interesado pretende impugnar un acto de

administración, que por su propia naturaleza resulta irrecurrible en sede administrativa,

su presentación deviene formalmente improcedente y por tal motivo será rechazada;

Que el agente Palumbo fue designado en un cargo gerencial comprendido en los

términos del artículo 39 de la Ley N° 471 (texto consolidado par Ley N° 5.666) y su

reglamentación, no perteneciendo a la planta permanente del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha designación se produjo durante la vigencia de la reglamentación del

Régimen Gerencial aprobada como Anexo de la Resolución N° 1040/SECRH/11;

Que la Resolución mencionada preveía en el artículo 31 que en los casos que se

produzca un cese por reestructuraciones administrativas, que impliquen la supresión

de organismos, dependencias o de las funciones y la eliminación de los cargos

gerenciales, el funcionario tendrá derecho a una indemnización equivalente a un (1)

mes de sueldo por cada año de ejercicio efectivo del cargo gerencial; o fracción mayor

de tres meses, tomando como base la mejor remuneración percibida;

Que al postularse como aspirante en el concurso para cubrir el cargo de gerente y,

posteriormente, al ser designado, el ingeniero Palumbo lo hizo en los términos del

régimen gerencial, que contemplaba la posibilidad de que el cese se produjera antes

del vencimiento del plazo de cinco (5) años, en virtud de la eliminación del cargo como

consecuencia de una modificación de estructura;

Que la Resolución N° 1040/SECRH/11 fue sustituida por la Resolución N°

2822/MHGC/16, pero se advierte que la regulación actualmente vigente en nada

modifica la situación del interesado, en tanto personal proveniente de ámbitos externos

a esta Administración que accedió por concurso a un cargo gerencial;

Que asimismo, el Decreto N° 363/15 aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo y en su artículo 5° estableció que los cargos del

Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015, permanecerán vigentes

hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada

jurisdicción;

Que de tal modo, corresponde rechazar el reclamo del agente Palumbo dado que de

las normas citadas se desprende que los cargos del Régimen Gerencial se encuentran

vigentes en tanto los comprendan las estructuras organizativas en que se insertan y

que una vez que uno de esos cargos es suprimido en el marco de una reforma de la

estructura orgánico funcional, su titular tendrá derecho a la indemnización mencionada

precedentemente;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N°

1.218;

Que, por el artículo 1° del Decreto N° 34/16 se estableció que, en caso de ausencia o

vacancia del Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, el reemplazante es

el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte;

Que, por Resolución N° 471/MJGGC/17 se encomendó al Ministro de Desarrollo

Urbano y Transporte la atención de los asuntos y firma del despacho del Sr. Ministro

de Modernización, Innovación y Tecnología desde el día 9 de diciembre de 2017,

hasta la designación del funcionario a cargo de esa cartera Ministerial;

Que asimismo, por Resolución N° 483/MJGGC/17, encomienda la atención y firma de

despacho del Jefe de Gabinete de Ministros en el Ministro de Desarrollo Urbano y

Transporte, desde el 28 de diciembre de 2017 al 8 de enero de 2018, ambas fechas

inclusive.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 34/16

y las Resoluciones Nros. 471/MJGGC/17 y 483/MJGGC/17 y por el artículo 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Recházase el reclamo efectuado por el agente Ingeniero Hernán Jesús

Palumbo contra el Decreto N° 251/17.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización,

Innovación y Tecnología y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para

que se proceda a liquidar las sumas que correspondan en los términos del artículo 5°

Anexo I de la Resolución N° 2822/MHGC/16, y para su conocimiento y demás efectos

remítase al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Notifíquese de los

términos del presente al interesado, indicando asimismo que, conforme a las pautas

establecidas en el Capítulo VI de la Ley de Procedimientos Administrativos de la

Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 5.666), la presente agota la

vía administrativa, y que contra la misma, puede tan solo interponer el recurso previsto

en el artículo 123, de la mencionada Ley, en el plazo de 10 días hábiles. Cumplido,

archívese. SANTILLI p/p - Moccia p/p - Moccia p/p

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 1-18 rechaza el reclamo efectuado por el agente Ingeniero Hernán Jesús Palumbo contra el Decreto 251-17.</p>