DECRETO 251 2017
Síntesis:
SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO - DESARROLLO ECONÓMICO - INNOVACIÓN CIUDAD INTELIGENTE - MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES - COORDINACIÓN DE GESTIÓN Y COMUNICACIÓN - EMPLEO - PROTECCIÓN DEL TRABAJO - NEGOCIACIONES LABORALES - EMPRENDEDORES - PROMOCIÓN DE INVERSIONES - INDUSTRIAS CREATIVAS - DISTRITOS ECONÓMICOS - PROYECTOS DE ARTICULACIÓN PÚBLICO PRIVADA - PROYECTOS DE CIUDAD INTELIGENTE Y GOBIERNO ABIERTO - CIENCIA Y TECNOLOGÍA - GESTIÓN DIGITAL - DESARROLLO DE MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - FUERA DE NIVEL - UNIDAD PROYECTOS ESPECIALES - UPE - JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR - CONSEJO ECONÓMICO SOCIAL - ENTE DE TURISMO - AGENCIA DE BIENES S A - ECOPARQUE INTERACTIVO - ESTABLECE QUE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE INTERACTIVO TENDRÁ RANGO NIVEL Y ATRIBUCIONES DE SUBSECRETARÍA - DEROGA EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 439-16 - ESTABLECE QUE EL ORGANISMO FUERA DE NIVEL PARQUE DE LA CIUDAD SE TRANSFORMARÁ EN UNA GERENCIA OPERATIVA DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - DOTACIÓN DE LA JURISDICCIÓN - PLAZO - MODIFICA RÉGIMEN GERENCIAL - GERENCIAS Y SUGERENCIAS OPERATIVAS - ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES - INFRAESTRUCTURA Y TRANSFORMACIÓN - BIENESTAR ANIMAL - DIAGNÓSTICO Y CUIDADO - SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE OBRAS - LEGALES - INSTITUCIONAL - SERVICIOS JURÍDICOS - GESTIÓN SECTORIAL - CONTABILIDAD Y PATRIMONIO - COMPRAS Y CONTRATACIONES - RECURSOS HUMANOS - TECNOLOGÍA Y PROCESOS - SOPORTE Y MESA DE AYUDA - ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES - RELEVAMIENTO FÍSICO OCUPACIONAL - GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE CONCESIONES - PATRIMONIO INMOBILIARIO - PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - SEGUIMIENTO DE GESTIÓN - COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL - PROYECCIÓN Y FOMENTO INDUSTRIAL - RÚBRICA - POLÍTICAS DE EMPLEO - REGISTRO Y MONITOREO DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS - FISCALIZACIÓN LABORAL - MULTAS Y PAGO VOLUNTARIO - INFORMACIÓN GEOGRÁFICA
Publicación:
13/07/2017
Sanción:
10/07/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 684/09 y
modificatorios, el Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N° 439/16 y el
Decreto N°597/16, y el Expediente Electrónico N° 14912904/MGEYA-
DGTALMMIYT/17, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto N° 597/16, se aprobó la estructura correspondiente al Régimen
Gerencial del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en sus dos
niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa;
Que en virtud de los objetivos fijados y estando vigente el proyecto de transformación
del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg",
deviene necesario derogar el artículo 3° del Decreto N° 439/16;
Que en este sentido, resulta oportuno establecer que la Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",
Organismo Fuera de Nivel en el ámbito del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendrá rango, nivel
y atribuciones de Subsecretaría;
Que por lo expuesto, se propicia modificar la estructura correspondiente al Régimen
Gerencial del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en sus dos
niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el
Decreto N° 597/16;
Que en ese sentido, resulta necesario establecer que el Organismo Fuera de Nivel
Parque de la Ciudad, pasará a depender de la Subsecretaría de Desarrollo Económico
del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología como Gerencia Operativa.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de julio de 2017, la estructura organizativa del
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y
sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2017-15021749-MMIYTGC)
(Organigrama) y II (IF-2017-15021775-MMIYTGC) (Responsabilidades Primarias), los
que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Establécese que la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Ecoparque
Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", Organismo Fuera de Nivel en el
ámbito del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendrá rango, nivel y atribuciones de
Subsecretaría.
Artículo 3°.- Derógase el artículo 3° del Decreto N° 439/16.
Artículo 4°.- Establécese que el Organismo Fuera de Nivel Parque de la Ciudad, se
transformará en una Gerencia Operativa dependiente de la Subsecretaría de
Desarrollo Económico del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología.
Artículo 5°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología deberá informar, en un plazo de
30 días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y
subgerencias en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de
Modernización, Innovación y Tecnología, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros.
Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del
Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio
de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Freire - Miguel p/p - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5168