DECRETO 439 2016
Síntesis:
MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - CREACIÓN - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES -UPE- ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - OBJETIVOS - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y ACCIONES - DISUELVE UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES -UPE - ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - CUMPLIMIENTO OBJETO DE CREACIÓN - TRANSFORMACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DEPENDIENTE DEL CITADO MINISTERIO - UNIDADES - DE GESTIÓN E INNOVACIÓN - BIODIVERSIDAD - GERENCIAS OPERATIVAS - GESTIÓN DE OPERACIONES - BIENESTAR ANIMAL - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - EXPERIENCIA INTERACTIVA - GESTIÓN Y FORMACIÓN AMBIENTAL - DIAGNÓSTICO Y CUIDADO ANIMAL - TITULAR UPE - RETRIBUCIÓN NIVEL SUBSECRETARIO - TITULAR UNIDADES DEPENDIENTES - RETRIBUCIÓN NIVEL DIRECTOR GENERAL
Publicación:
16/08/2016
Sanción:
10/08/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 y modificatoria N° 5.503, los Decretos Nros. 363/15, 364/16 y 365/16,
el Expediente Electrónico N° 16223244-MGEYA- DGTALMMIYT/16, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Modernización,
Innovación y Tecnología;
Que por el Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de
Dirección General;
Que por el Decreto N° 364/16 se dispuso la caducidad del contrato de concesión de
uso y explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo
Ladislao Holmberg", estableciéndose que el Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología tendrá a su cargo la administración y gestión del mismo;
Que por el Decreto N° 365/16 se encomendó al Ministerio precitado el inmediato uso y
explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao
Holmberg", debiendo realizar todos los actos que resulten necesarios para su gestión,
administración y conservación;
Que en el marco de lo expuesto y a fin de proveer a la consecución de los objetivos
enunciados, deviene necesaria la creación de la Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" como
Organismo Fuera de Nivel en el ámbito del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología propicia dotar a la citada
Unidad de Proyectos Especiales (UPE) de una estructura organizativa que le permita
el desarrollo de las tareas a su cargo, mejorando la eficiencia y eficacia de su gestión;
Que en este sentido, a fin de atender a las necesidades operativas en materia
financiera, administrativa, legal, comunicacional, comercial, de adecuación tecnológica
y conservación del patrimonio histórico, se propicia la creación de la Unidad de
Gestión e Innovación en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales "Ecoparque
Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires";
Que en lo atinente a la conservación de la biodiversidad, así como la formulación y
ejecución de un plan de derivación y/o liberación de ejemplares, se propicia la creación
de la Unidad de Biodiversidad en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales
"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que en este orden de ideas, resulta conveniente aprobar la estructura correspondiente
al Régimen Gerencial de la Unidad de Proyectos Especiales mencionada, en sus dos
niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente la
estructura organizativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología,
aprobada por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 01 de Julio de 2016, la estructura organizativa del
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus
modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2016- 18098722 - MMIYTGC)
(Organigrama) y II (IF-2016- 18098484 - MMIYTGC) (Objetivos, Responsabilidades
Primarias y Acciones), los que a todos sus efectos forman parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 2°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Ecoparque Interactivo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", como Organismo Fuera de Nivel en el
ámbito del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con los Objetivos que se detallan en el
Anexo II (IF-2016- 18098484-MMIYTGC) (Objetivos, responsabilidades primarias y
acciones), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto,
dejándose establecido que al titular de la misma le corresponde la retribución
equivalente a Subsecretario y a los titulares de las Unidades dependientes del citado
organismo les corresponde la retribución equivalente a Director General.
Artículo 3°.- Establécese la disolución de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" como Organismo
Fuera de Nivel, cuando se cumplimente el objeto por el cual fue creado o en fecha 31
de agosto de 2017, lo que suceda primero; transformándose con posterioridad a la
disolución referida en una Dirección General dependiente del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología. El Ministerio de Hacienda arbitrará los
medios para el cumplimiento del presente artículo.
Artículo 4°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología deberá informar, en un plazo de
30 días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda, la asignación de la dotación de su Jurisdicción a las distintas gerencias y
subgerencias operativas en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente
Decreto.
Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de
Modernización, Innovación y Tecnología, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del
Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Mura - Miguel
ANEXOS