DISPOSICIÓN 8 2018 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO - REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE PROVEEDORES EXTRANJEROS SIN SUCURSAL NI REPRESENTACIÓN EN EL PAÍS - DOCUMENTACIÓN - REGISTRACIÓN - CONTRATACIÓN CON EL SECTOR PÚBLICO - REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES - PERSONAS HUMANAS - JURÍDICAS 

Publicación:

08/01/2018

Sanción:

03/01/2018

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


VISTO:

La Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 326/17, y el

Expediente Electrónico N° 2018-648287-MGEYA-DGCYC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que contienen los lineamientos a

observar en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y

regula las obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito del Sector Público de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 326/17 se aprobó la reglamentación de la Ley de Compras y

Contrataciones antes citada, de aplicación obligatoria para los sectores involucrados

en su artículo 2°;

Que el artículo 20 de la ley mencionada establece que el procedimiento de Compras y

Contrataciones ha de instrumentarse a través del Sistema de Registro Informatizado

de Contrataciones, el cual se encuentra conformado, entre otros, por el Registro

Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP);

Que la administración de dicho Registro se encuentra a cargo de esta Dirección

General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda, en su

carácter del Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de

la Ciudad;

Que los proveedores de bienes y servicios que deseen contratar con el Sector Público

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben inscribirse en el Registro mencionado,

de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de la Ley N° 2.095;

Que el artículo 22 del Anexo I del Decreto N° 326/17 señala que el citado Registro,

debe inscribir a través de medios informáticos en el sitio de Internet a proveedores de

bienes y servicios que deseen contratar con el Sector Público de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que conforme lo prescribe la mentada norma corresponde a esta Dirección General de

Compras y Contrataciones determinar la documentación que los interesados deben

presentar en el Registro para su inscripción, conforme la personería y rubros

licitatorios, detallando la forma de presentación;

Que según lo establecido en el artículo 85 del Decreto N° 326/17, se implementó el

Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, denominado "Buenos Aires Compras (BAC)", con alcance

a todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad;

Que en este contexto, resulta necesario dictar los procedimientos y demás normas

operativas relativas a la registración de los proveedores extranjeros interesados en

contratar con el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para la registración y la actualización de los

proveedores extranjeros sin sucursal ni representación en el país, interesados en

contratar con el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como

Anexo I (IF-2018-00661250-DGCYC) forma parte de la presente.

Artículo 2°.- Establécese la documentación que deberán presentar los interesados a fin

de su registración como proveedores del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires

en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, que como Anexos II

(IF-2018-00663121-DGCYC) y III (IF-2018-00664257-DGCYC) integran la presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio

de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a

todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o

responsabilidades equivalentes, y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos

Aires. Cumplido, archívese. Tojo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5289

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 8-DGCYC-18 aprueba l procedimiento para la registración y la actualización de los proveedores extranjeros sin sucursal ni representación en el país, interesados en contratar con el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en marco de lo dispuesto por el artículo 22 del Anexo I del Decreto 326-17.</p><p>Art. 2, establece  la documentación que deberán presentar los interesados a fin de su registración como proveedores del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.</p>