RESOLUCIÓN 12 2018 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE OTORGA EXTENSIÓN TEMPORAL DEL PLAZO OTORGADO POR RESOLUCIÓN 451-MJYSGC-17 AL PERSONAL TRANSFERIDO A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - EXTENSIÓN DE SEIS -6- MESES - CONVENIO DE TRANSFERENCIA PROGRESIVA A LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DE FACULTADES Y FUNCIONES DE SEGURIDAD EN TODAS LAS MATERIAS NO FEDERALES EJERCIDAS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO Y USO DE LA LICENCIA DE CONDUCIR VEHÍCULOS DE LA POLICÍA METROPOLITANA - REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS VEHÍCULOS DE LA POLICÍA METROPOLITANA- POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
11/01/2018
Sanción:
05/01/2018
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
La Ley N° 5.688, el Convenio N° 1/16 aprobado mediante Resolución N°
298/LCBA/2015, la Resoluciones N° 1183/MJYSGC/2009, N° 344/MJYSGC/2010, N°
912/MJYSGC/16 y N° 451/MJYSGC/17, el Expediente N° 15493365/DGALS/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
disponiendo la creación de la Policía de la Ciudad y estableciendo que el personal
transferido a la Ciudad de Buenos Aires en virtud del "Convenio de Transferencia
Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Facultades y Funciones de
Seguridad en todas las Materias no Federales Ejercidas en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires" y el personal que revistaba en la Policía Metropolitana, integran la
Policía de la Ciudad a partir del 1 de enero de 2017;
Que mediante la Resolución N° 912/MJYSGC/16 se estableció que el "Reglamento
para el Otorgamiento y Uso de la Licencia de Conducir Vehículos de la Policía
Metropolitana" aprobado mediante la Resolución N° 1183/MJYSGC/2009 y el
"Reglamento para el Uso de los Vehículos de la Policía Metropolitana" aprobado
mediante la Resolución N° 344/MJYSGC/2010 son aplicables a la Policía de la Ciudad
a partir del 1° de enero de 2017;
Que por la misma Resolución, se otorgó al personal transferido a la Ciudad de Buenos
Aires en virtud del Convenio mencionado ut supra, un plazo de seis (6) meses
contados a partir de la publicación de la misma, para cumplir con la totalidad de los
requisitos consignados en el artículo 4° del Anexo I de la Resolución N °
1183/MJYSGC/2009 y en el artículo 4° del Anexo I de la Resolución N°
344/MJYSGC/2010;
Que posteriormente, mediante Resolución N° 451/MJYSGC/17, se extendió por el
término de seis (6) meses el plazo establecido por el artículo 2° de la Resolución N°
912/MJYSGC/16;
Que por su parte, la Subjefatura de la Policía de la Ciudad ha puesto de manifiesto a
través de la Nota N° NO-2018-01572450-SJPCDAD, la necesidad de otorgar una
extensión del plazo aludido en el considerando precedente, habida cuenta que las
licencias de conducir expedidas por los distintos municipios de la Provincia de Buenos
Aires demandan un mayor tiempo de otorgamiento;
Que asimismo, a través de la Nota N° NO-2018-01575776-SECS, el Secretario de
Seguridad otorgó su visto bueno para extender el plazo relativo a la tramitación
referida.
Que la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad ha tomado intervención
en el marco de su competencia;
Por ello, y de acuerdo con las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Otórgase al personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires en virtud del
"Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
Facultades y Funciones de Seguridad en todas las Materias no Federales Ejercidas en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" aprobado por la Resolución N° 298/LCBA/2015,
una extensión de seis (6) meses en el plazo otorgado por el artículo 1° de la
Resolución N° 451/MJYSGC/17, contado a partir del vencimiento del plazo allí
establecido, a fin de cumplir con la totalidad de los requisitos consignados en el
artículo 4° del Anexo I de la Resolución N° 1183/MJYSGC/2009 y en el artículo 4° del
Anexo I de la Resolución N° 344/MJYSGC/2010.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sr. Subjefe de la Policía de la Ciudad, a la Secretaría de Seguridad, a
la Secretaría de Administración de Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad
Pública. Cumplido, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de
Seguridad. Fecho pase a la Secretaría de Administración de Seguridad. Ocampo