RESOLUCIÓN 3 2018 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE APRUEBA PLANTA TRANSITORIA - GERENCIA OPERATIVA MITIGACIÓN DE RIESGOS - PERSONAL DE SISTEMAS - CARGOS - ADMINISTRATIVO - COORDINADOR RELEVAMIENTO - RELEVADORES - DISEÑADOR- COORDINADOR CAPACITACIÓN - CAPACITADOR - JEFE DE EQUIPOS - EVACUADORES - PROGRAMADORES DE ACTIVIDADES - ASISTENTE DE PLANIFICADOR - PERSONAL DE MANTENIMIENTO - PROYECTISTA - LEY 1706 - SEGURIDAD EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS ESTATALES - ESCUELAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - PERSONAL TRANSITORIO
Publicación:
16/01/2018
Sanción:
04/01/2018
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
Las Leyes Nros. 471, 1.706, 5.460 y su modificatoria, la Ordenanza N° 34.421 -textos
consolidados mediante Ley N° 5.666-, los Decretos Nros. 1456/05, 363/15 y sus
modificatorios 328/16, 675/2016, 613/16 y la Resolución de Firma Conjunta N°
94/MHGC/17, el Expediente Electrónico N° 26209356/MGEYA-DGMESC/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.706 establece en el ámbito del Ministerio de Educación del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los lineamientos generales de seguridad en
escuelas de gestión estatal de todos los niveles y áreas educativas;
Que el objetivo de la mencionada ley es dotar a las escuelas de estrategias de
prevención de accidentes, atención de emergencias, mejoramiento de infraestructura,
de equipamiento y la adopción de sistemas de protección y seguridad escolar;
Que asimismo, el Ministerio de Educación debe promover acciones tendientes a la
toma de conciencia sobre situaciones que ponen en riesgo la salud y la integridad
física de la población escolar, respecto de prevención en seguridad y a sistematizar la
implementación de prácticas y comportamientos preventivos en la materia;
Que en tal sentido, es necesario coordinar las acciones relativas a la mitigación de
riesgos en los establecimientos educativos;
Que en virtud de lo expuesto, se sancionó el Decreto N° 1.456/05, por el cual se creó,
para una primera etapa, una planta transitoria en la que se contemplaron únicamente
los cargos que constituyen el equipo de conducción a cargo del análisis, investigación,
planificación, organización, asesoramiento e interacción entre áreas competentes;
Que en atención a la cantidad de edificios escolares en uso y siendo que en ellos se
deben efectuar las prácticas de evacuación, es necesario realizar evacuaciones
anuales para dar cumplimiento a lo que establece el Código de la Edificación, en
materia de Plan de Evacuación;
Que la ley 1.706 establece en el inciso b) del artículo 19 del Capítulo VIII -de los
Recursos- que los gastos que correspondan, se imputarán a la partida anual de
personal perteneciente al Ministerio de Educación;
Que el artículo 44 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.454) prevé que la
prestación de servicios de carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones
propias del régimen de carrera, no puede ser cubierta por personal de planta
permanente;
Que en el marco de la Resolución de firma conjunta N° 94/MHGC/17, se aprobó la
Planta Transitoria para atender las actividades de la Gerencia Operativa "Mitigación de
Riesgos" por el período comprendido entre el 1 de enero y diciembre de 2017;
Que resulta indispensable dar continuidad a las políticas en materia de seguridad en
escuelas de gestión estatal de todos los niveles y áreas educativas, por lo que es
necesaria la renovación de la Planta transitoria para el período comprendido entre el 1
de enero y el 31 de Diciembre de 2018, a fin de dar inicio a la misma;
Que por Ley N° 5460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios Decreto N° 328/16 y N° 675/16, se
aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, transfiriéndose las competencias para la suscripción del
presente acto del entonces Ministerio de Modernización, al Ministerio de Hacienda;
Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 613/16, a fin de agilizar el circuito
administrativo que conlleva la aprobación, modificación y convalidación de las Plantas
Transitorias para atender las acciones, proyectos, planes y programas que se
desarrollan en el ámbito de la citada cartera, se encomienda dicha tarea en forma
conjunta a los señores Ministros de Educación y de Hacienda;
Que han tomado la intervención que les compete las áreas legales de cada uno de los
Ministerios involucrados en esta iniciativa.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 613/16,
Artículo 1.- Apruébase la Planta Transitoria para atender las actividades de la
Gerencia Operativa "Mitigación de Riesgos", conforme lo dispuesto por la Ley N°
1.706, en el ámbito de la Dirección General de Mantenimiento Escolar, dependiente de
la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del
Ministerio de Educación, por el período comprendido entre el 1 de Enero y el 31 de
Diciembre de 2018, de conformidad con los cargos y unidades retributivas que se
establecen en el Anexo (IF-2017- 30145838-DGCLEI), que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Establécese que el personal comprendido en la presente Resolución, será
designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad y su cese podrá disponerse
sin expresión de causa.
Artículo 3.- Déjase constancia que los deberes y derechos que corresponden al
personal que se designa en los cargos descriptos en el Anexo conforme lo
determinado por el artículo 1 de la presente norma, se regirá por las normas vigentes.
Artículo 4.- Establécese que la titular del Ministerio de Educación y/o el titular de la
Subsecretaría de Carrera Docente y Formación técnica profesional procederán
indistintamente a designar, cesar, proceder al reconocimiento de servicios del personal
que se desempeñará en la planta transitoria detallada en el artículo 1° de la presente
Resolución.
Artículo 5.- Déjase constancia que el Ministerio de Educación deberá remitir copia
autenticada de las resoluciones de designación y/o cese del personal comprendido en
la presente Resolución a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Hacienda, para la liquidación de los haberes correspondientes y demás
efectos.
Artículo 6.- El gasto correspondiente al presente proyecto se imputará en Jurisdicción
55 - UE 9764 - Programa 54 Actividad 10000 - Inciso 1 - Fuente 11 - Partida
Principal 2.
Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a las Subsecretarías de Gestión Económico Financiera y Administración
de Recursos, de Carrera Docente y Formación Técnica Superior, de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa del Ministerio de Educación, a la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri p/p -
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