RESOLUCIÓN 5 2018 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
SE ACTUALIZAN ANEXOS - ANEXOS IIA - ANEXO IIB - ANEXO III - RESOLUCIÓN 258/SSTRANS/12 - INCORPORA ANEXOS - ANEXO A MANUAL TAXI CICLO 6 - ANEXO C PROFESIONALES - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE LOS CONDUCTORES DE TAXI DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
18/01/2018
Sanción:
16/01/2018
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Ley N° 2.148 (texto consolidado conforme Ley N° 5.666), los Decretos Nros.
363/15, y sus modificatorios, la Resolución N°258/SSTRANS/2012, el Expediente
N°2018/2604981/DGHCT y,
CONSIDERANDO
Que, el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
aprobado por Ley N° 2.148, en su Título Décimo Segundo regula "El Servicio de
Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro - Taxis";
Que, en estas condiciones, el punto 12.4.4.5 de la Ley mencionada, establece que la
transferencia de toda Licencia de Taxi, estará gravada por una tasa, la que estará
destinada exclusivamente a constituir un fondo, administrado por la Autoridad de
Aplicación del Código mencionado;
Que el Decreto N° 498/08 designó a la Subsecretaría de Transporte como autoridad
de aplicación del Código de Tránsito y Transporte;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios Nros. 141/16 y 675/16 se aprobó la
estructura del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
quedando la ex Subsecretaria de Transporte como Secretaría de Transporte
dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que resultó necesario dictar normas complementarias e interpretativas del citado
Código de Tránsito y Transporte a los fines de su aplicación por lo que se dictó la
Resolución N° 258/SSTRANS/2012;
Que el Art. 27 de la Resolución N° 258/SSTRANS/2012 establece que la Autoridad de
Aplicación determinará anualmente el examen psicofísico y el temario de los cursos a
desarrollar mediante Resolución dictada al efecto;
Que es menester actualizar los Anexos correspondientes a la Resolución mencionada
precedentemente como asimismo incorporar nuevos.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas;
Artículo 1°.- Actualícense los ANEXOS IIA (IF-2018- 2854777-SECTRANS), ANEXO
IIB (IF-2018-2855037-SECTRANS) y ANEXO III (IF-2018-2855329-SECTRANS) de la
Resolución 258/SSTRANS/2012.
Artículo 2°- Incorpórense los ANEXOS A Manual Taxi Ciclo 6 (IF-2018-2855530-
SECTRANS), y ANEXO C Profesionales (IF- 2018-2855795-SECTRANS).
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase
a la Dirección General Habilitación de Conductores y Transportes la que comunicará al
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, al
Presidente del Colegio de Escribanos de la Capital Federal, a los Secretarios
Generales del Sindicato de Peones de Taxis y del Sindicato de Conductores de Taxi, a
los Presidentes de la Sociedad Propietarios de Automóviles con Taxímetro, de la
Unión Propietarios de Autos Taxis y de la Asociación Taxistas de Capital, de la
Cámara Empresaria del Autotaxi, a la Gerencia Operativa de Taxis, Remises y
Escolares, a la Empresa Concesionaria SACTA S.A. Cumplido. Archívese. Méndez