DISPOSICIÓN 41 2018 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
APRUEBA PROTOCOLO - EVALUACIÓN DE ASPIRANTES A REFERENTES AFECTIVOS - CONSTRUCCIÓN PERFIL DE LOS REFERENTES AFECTIVOS - PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN PARA NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES SIN CUIDADOS PARENTALES - PROGRAMA ABRAZAR - HOGARES CONVIVENCIALES - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicación:
19/01/2018
Sanción:
16/01/2018
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO:
La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666), la Resolución N°
353/CDNNyA/2017, la Disposición N° 488/DGGPP/2017, el Expediente Electrónico N°
02.348.992/MGEyA-DGGPP/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por la Resolución N° 353/CDNNyA/2017 se creó el Programa de Niñas, Niños y
Adolescentes sin Cuidados Parentales, el cual comprende, entre otras, al Área del
Programa Abrazar, cuyo objeto es lograr que los niños, niñas y adolescentes sin
cuidados parentales que se encuentren residiendo en Hogares Convivenciales propios
o conveniados con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuenten con
un apoyo referencial afectivo durante su crecimiento;
Que la Dirección Operativa de Programas Especiales de Protección para Niñas, Niños
y Adolescentes sin Cuidados Parentales, dependiente de la Dirección General de
Gestión de Políticas y Programas, es la unidad de organización a cargo de de la
Coordinación del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes Sin Cuidados Parentales;
Que entre las funciones del Área del Programa Abrazar se encuentra la de evaluar la
idoneidad de los aspirantes a ser inscriptos en el Registro de Referentes Afectivos del
mencionado Programa, pudiendo aceptar o denegar las solicitudes de admisión, así
como también reevaluar, dar de baja y eventualmente revocar la admisión de quienes
hubieran sido registrados como referentes afectivos;
Que por la Resolución N° 353/CDNNyA/2017 se delegó en el/la titular de esta
Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, la facultad de aprobar o
modificar mediante disposición, el Protocolo del Programa Abrazar;
Que en el marco de la mencionada normativa, mediante Disposición N°
488/DGGPP/2017 se aprobó el Protocolo del Programa Abrazar, estableciéndose el
objeto y las funciones del mencionada Programa, el procedimiento de inscripción y
admisión de los referentes afectivos, sus derechos y obligaciones, al tiempo que se fijó
el procedimiento de vinculación de los niños, niñas y adolescentes con los referentes
afectivos;
Que sin perjuicio de ello, y a fin de dar cumplimiento con las funciones establecidas en
la Resolución N° 353/CDNNyA/2017, resulta necesario contar asimismo con un
Protocolo para la evaluación de los aspirantes a Referentes Afectivos y la construcción
del perfil de los Referentes Afectivos, conforme lo sostenido por la titular de la
Dirección Operativa de Programas Especiales de Protección para Niñas, Niños y
Adolescentes sin Cuidados Parentales, dependiente de esta Dirección General,
mediante Informe IF N° 02.442.583/DGGPP/2018;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo por el que se apruebe
el mencionado Protocolo, complementario del que fuera aprobado mediante
Resolución N° 488/DGGPP/2017;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por las Resoluciones Nros.
353/CDNNyA/2017 y 668/CDNNyA/2017,
Artículo 1.- Apruébase el Protocolo para la evaluación de los aspirantes a Referentes
Afectivos y la construcción del perfil de los Referentes Afectivos, que como Anexo IF
N° 02.852.859/DGGPP/2018 forma parte integrante de la presente, complementario
del que fuera aprobado mediante Disposición N° 488/DGGPP/2017.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección Operativa de Programas Especiales de Protección para Niñas,
Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales, dependiente de esta Dirección General
de Gestión de Políticas y Programas. Cumplido, archívese. Ordoñez