RESOLUCIÓN 13912 1997 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUER60 CON LA EMPRESA INSTITUTO DE SANEAMIENTO AMBIENTAL S.R.L.

Publicación:

31/03/1998

Sanción:

05/11/1997

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 239-CVDExMCBA-97 y los términos del Decreto Nº 225-GCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa Instituto de Saneamiento Ambiental S.R.L., hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 04 de junio de 1997 la empresa en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a la suma de pesos siete mil ochocientos cuarenta ($ 7.840,00);

Que con fecha 17 de junio de 1997 la empresa Instituto de Saneamiento Ambiental S.R.L., acepta la opción consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto de la deuda verificada, en consecuencia, se les reconoce en los términos del Art. 7° del Decreto Nº 2125-GCBA-96 la suma de pesos cinco mil noventa y seis ($ 5.096,00) la cual será abonada en una única cuota, sin interés, con vencimiento a los treinta (30) días posteriores a la firma del acta respectiva;

Que dicha cuota se instrumentará con un pagaré Decreto 225-CCBA-96, con cláusula "sin protesto", emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a favor del acreedor, descontando del mismo la retención del Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieren corresponder;

Que a los 24 días del mes de octubre de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto Nº 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente.

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el Art. 8° de la citada norma;

Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su Art. 9º;

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°- Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 24 de octubre de 1997, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Instituto de Saneamiento Ambiental S.R.L., que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°- Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto Nº 225-GCBA-96.

Artículo 3°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria, Contaduría General, Tesorería General, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.


ANEXOS

ANEXO I

ACTA ACUERDO

Entre: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires representada en este acto por funcionarios de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Dto. N° 225-GCBA-96), designados por Resolución 7 S.H.yF. del 07/10/96, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Capital Federal, por una parte y la firma Instituto de Saneamiento Ambiental S.R.L., en adelante "El Acreedor”, titular de los contratos que suscribiera con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en la calle Tucumán 1539, pisos 3º, 5º, 6º, 7º y 9º, Capital Federal, representada en este acto por el señor Francisco Martini, por la otra.

ANTECEDENTES: “El Acreedor” solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

Artículo 1°- En el Anexo I, que suscripto por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma considerada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente acuerdo, la cual asciende a pesos siete mil ochocientos cuarenta ($ 7.840,00).

Artículo 2°- "El Acreedor” ha aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aceptando la opción consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

Artículo 3°- En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a "El Acreedor”, el importe de pesos cinco mil noventa y seis ($ 5.096,00) que serán abonados en una sola cuota sin interés, con vencimiento a los treinta (30) días de la firma de la presente acta, descontando de la misma la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieren corresponder.

La cuota se instrumentará con un pagaré con cláusula "sin protesto" emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4°- "El Acreedor” expresamente consiente la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

Artículo 5°- Las partes constituyen los domicilios que se indican en el presente acuerdo y declaran que cualquier cuestión derivada de la interpretación o ejecución del mismo será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, o los que los sustituyan en el futuro, renunciando las partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

Artículo 6°- Conforme lo dispuesto en el Art. 7º del Decreto Nº 225-GCBA-96, esta Acta Acuerdo se suscribe "Ad referéndurn” del Señor Secretario de Hacienda y Finanzas, en la Ciudad de Buenos Aires a los 24 días del mes de octubre de 1997.

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados.

Se informa a los interesados que podrán consultar sobre la documentación publicada en el Departamento de Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en avenida de Mayo 525 4° piso.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA