RESOLUCIÓN 5 2018 SUBSECRETARIA DE FINANZAS

Síntesis:

SE DISPONE EMISIÓN DE LETRAS DEL TESORO - GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - FINANCIAMIENTO - CONDICIONES - EN PESOS - COLOCACIÓN EN EL MERCADO FINANCIERO - LICITACIONES PÚBLICAS - INVERSORES - PLAZOS DE PAGO - MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO SA - SUBSECRETARIA DE FINANZAS

Publicación:

24/01/2018

Sanción:

23/01/2018

Organismo:

SUBSECRETARIA DE FINANZAS


VISTO

el artículo 107 de la Ley N° 70, el artículo 12 de la Ley N° 5.915, el Decreto N° 74-

GCBA/09, la Resolución N° 331-MHGC/09, la Resolución N° 91-MHGC/15, el

Expediente N° 3.156.593-DGCPUB/18 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 107 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) faculta a la

Tesorería General a emitir Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de

caja, hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General;

Que la emisión que se dispone está contenida dentro de los límites que al respecto

establece el artículo 12 de la Ley N° 5.915;

Que el artículo 12 de la Ley N° 5.915 fija en la suma de PESOS DIEZ MIL MILLONES

($ 10.000.000.000.-), el monto máximo en circulación autorizado al Ministerio de

Hacienda para hacer uso, transitoriamente, del crédito a corto plazo a que se refieren

los artículos 107 y 108 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) o de los

adelantos en cuenta corriente para cubrir diferencias estacionales de caja;

Que asimismo, la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio

de Hacienda, a emitir Letras del Tesoro a plazos que excedan el ejercicio financiero

por un valor nominal de PESOS DIEZ MIL MILLONES ($ 10.000.000.000.-), en los

términos del inciso b) del artículo 85 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N°

5.666) por un plazo máximo de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días, contados

a partir de la fecha de su emisión. Dicho monto deberá considerarse parte integrante

del monto máximo autorizado en el párrafo precedente;

Que a efectos de la instrumentación en el mercado local de las operaciones referidas

anteriormente, se estableció a través del Decreto N° 74-GCBA/09, el marco normativo

al que estarán sujetos dichos instrumentos de financiamiento, especificando

características, forma y modo de emisión y colocación de los mismos;

Que la presente emisión corresponde al primer tramo del Programa de Emisión de

Letras de Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del ejercicio 2018, y se

llevará a cabo de conformidad con los lineamientos y procedimientos de licitación

pública y colocación que fueron aplicados en las anteriores emisiones de dichos

títulos;

Que por el Decreto N° 74-GCBA/09 se designó al Ministro de Hacienda como

Autoridad de Aplicación, quedando facultado para dictar las normas aclaratorias,

interpretativas y/o complementarias del mencionado decreto;

Que por la Resolución N° 91-MHGC/15 se facultó indistintamente a la Subsecretaría

de Finanzas, a la Dirección General de Crédito Público y/o a la Dirección General de

Tesorería, todas dependientes del Ministerio de Hacienda, a dictar las normas que

resulten necesarias a fin de aprobar cada emisión de Letras del Tesoro del Gobierno

de la Ciudad de Buenos Aires y asimismo determinar las condiciones particulares;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1° de la Resolución N°

91-MHGC/15 y el artículo 3° del Decreto N° 74-GCBA/09;

EL SUBSECRETARIO DE FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires en Pesos a 71 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS UN MIL

QUINIENTOS VEINTE

MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL (V.N. $

1.520.620.000.-), de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:

a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en

Pesos a 71 días.

b) Moneda de emisión y pagos: Pesos.

c) Fecha de emisión: 24 de enero de 2018.

d) Fecha de la Licitación: 23 de enero de 2018.

e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS UN MIL

QUINIENTOS

VEINTE MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL (V.N. $

1.520.620.000.-)

f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL

PESOS UNO (VN. $ 1.-).

g) Plazo: SETENTA Y UN (71) días.

h) Vencimiento: 5 de abril de 2018.

i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la

amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

j) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación

pública por hasta los montos emitidos.

k) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.

l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial.

m) Importe de las ofertas:

(i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL

PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS

MIL (V.N. $ 1.000.-) por encima de dicho monto.

(ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de

suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-), y múltiplos de VALOR

NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta

sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-).

n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del

sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR), o de otra

entidad compensadora que se designe a tal efecto.

o) Fecha de Liquidación: 24 de enero de 2018.

p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a

partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores

autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de

Valores.

q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a

ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a

exigir la entrega de láminas individuales.

r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del

Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones

primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos

inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será

del 0,02% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la

liquidación de las operaciones.

Participantes: Podrán participar de las licitaciones:

1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto.

2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado

de Valores.

Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán

realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y

2.

s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la

Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda.

t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se

efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación

en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al

cobro.

u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o

parcialmente en forma anticipada.

v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas

por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

Artículo 2°.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires en Pesos a 99 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS UN MIL

TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL (V.N. $

1.387.605.000.-), de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:

a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en

Pesos a 99 días.

b) Moneda de emisión y pagos: Pesos.

c) Fecha de emisión: 24 de enero de 2018.

d) Fecha de la Licitación: 23 de enero de 2018.

e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS UN MIL

TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL (V.N. $

1.387.605.000.-).

f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL

PESOS UNO (VN. $ 1.-).

g) Plazo: NOVENTA Y NUEVE (99) días.

h) Vencimiento: 3 de mayo de 2018.

i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la

amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

j) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación

pública por hasta los montos emitidos.

k) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.

l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial.

m) Importe de las ofertas:

(i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL

PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS

MIL (V.N. $ 1.000.-) por encima de dicho monto.

(ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de

suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-), y múltiplos de VALOR

NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta

sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-).

n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del

sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR), o de otra

entidad compensadora que se designe a tal efecto.

o) Fecha de Liquidación: 24 de enero de 2018.

p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a

partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores

autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de

Valores.

q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a

ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a

exigir la entrega de láminas individuales.

r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del

Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones

primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos

inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será

del 0,02% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la

liquidación de las operaciones.

Participantes: Podrán participar de las licitaciones:

1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto.

2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado

de Valores.

Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán

realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y

2.

s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la

Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda.

t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se

efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación

en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al

cobro.

u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o

parcialmente en forma anticipada.

v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas

por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

Artículo 3°.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires en Pesos a 190 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS

NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL

(V.N. $ 947.640.000.-), de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:

a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en

Pesos a 190 días.

b) Moneda de emisión y pagos: Pesos.

c) Fecha de emisión: 24 de enero de 2018.

d) Fecha de la Licitación: 23 de enero de 2018.

e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS

NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL

(V.N. $ 947.640.000.-).

f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL

PESOS UNO (VN. $ 1.-).

g) Plazo: CIENTO NOVENTA (190) días.

h) Vencimiento: 2 de agosto de 2018.

i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la

amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

j) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación

pública por hasta los montos emitidos.

k) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.

l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial.

m) Importe de las ofertas:

(i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL

PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS

MIL (V.N. $ 1.000.-) por encima de dicho monto.

(ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de

suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-), y múltiplos de VALOR

NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta

sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-).

n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del

sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR), o de otra

entidad compensadora que se designe a tal efecto.

o) Fecha de Liquidación: 24 de enero de 2018.

p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a

partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores

autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de

Valores.

q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a

ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a

exigir la entrega de láminas individuales.

r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del

Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones

primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos

inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será

del 0,02% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la

liquidación de las operaciones.

Participantes: Podrán participar de las licitaciones:

1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto.

2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado

de Valores.

Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán

realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y

2.

s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la

Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda.

t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se

efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación

en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al

cobro.

u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o

parcialmente en forma anticipada.

v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas

por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

Artículo 4°.- Las licitaciones públicas de las Letras del Tesoro, cuya emisión se

dispone en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente, se llevarán a cabo en el Mercado

Abierto Electrónico S.A. a través de su sistema de transacciones electrónicas

denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado en materia de

concertación, registración y liquidación de las operaciones con letras, así como las

disposiciones contenidas en el Manual de la Aplicación SIOPEL.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Crédito Público, de

Tesorería, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Fernández Semhan

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 5-SSFIN-18 dispone la emisión de Letras del Tesoro, contenida dentro de los límites que al respecto establece el artículo 12 de la Ley 5915.</p>