RESOLUCIÓN 5 2018 SUBSECRETARIA DE FINANZAS
Síntesis:
SE DISPONE EMISIÓN DE LETRAS DEL TESORO - GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - FINANCIAMIENTO - CONDICIONES - EN PESOS - COLOCACIÓN EN EL MERCADO FINANCIERO - LICITACIONES PÚBLICAS - INVERSORES - PLAZOS DE PAGO - MERCADO ABIERTO ELECTRÓNICO SA - SUBSECRETARIA DE FINANZAS
Publicación:
24/01/2018
Sanción:
23/01/2018
Organismo:
SUBSECRETARIA DE FINANZAS
VISTO
el artículo 107 de la Ley N° 70, el artículo 12 de la Ley N° 5.915, el Decreto N° 74-
GCBA/09, la Resolución N° 331-MHGC/09, la Resolución N° 91-MHGC/15, el
Expediente N° 3.156.593-DGCPUB/18 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 107 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) faculta a la
Tesorería General a emitir Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de
caja, hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General;
Que la emisión que se dispone está contenida dentro de los límites que al respecto
establece el artículo 12 de la Ley N° 5.915;
Que el artículo 12 de la Ley N° 5.915 fija en la suma de PESOS DIEZ MIL MILLONES
($ 10.000.000.000.-), el monto máximo en circulación autorizado al Ministerio de
Hacienda para hacer uso, transitoriamente, del crédito a corto plazo a que se refieren
los artículos 107 y 108 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) o de los
adelantos en cuenta corriente para cubrir diferencias estacionales de caja;
Que asimismo, la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio
de Hacienda, a emitir Letras del Tesoro a plazos que excedan el ejercicio financiero
por un valor nominal de PESOS DIEZ MIL MILLONES ($ 10.000.000.000.-), en los
términos del inciso b) del artículo 85 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N°
5.666) por un plazo máximo de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días, contados
a partir de la fecha de su emisión. Dicho monto deberá considerarse parte integrante
del monto máximo autorizado en el párrafo precedente;
Que a efectos de la instrumentación en el mercado local de las operaciones referidas
anteriormente, se estableció a través del Decreto N° 74-GCBA/09, el marco normativo
al que estarán sujetos dichos instrumentos de financiamiento, especificando
características, forma y modo de emisión y colocación de los mismos;
Que la presente emisión corresponde al primer tramo del Programa de Emisión de
Letras de Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del ejercicio 2018, y se
llevará a cabo de conformidad con los lineamientos y procedimientos de licitación
pública y colocación que fueron aplicados en las anteriores emisiones de dichos
títulos;
Que por el Decreto N° 74-GCBA/09 se designó al Ministro de Hacienda como
Autoridad de Aplicación, quedando facultado para dictar las normas aclaratorias,
interpretativas y/o complementarias del mencionado decreto;
Que por la Resolución N° 91-MHGC/15 se facultó indistintamente a la Subsecretaría
de Finanzas, a la Dirección General de Crédito Público y/o a la Dirección General de
Tesorería, todas dependientes del Ministerio de Hacienda, a dictar las normas que
resulten necesarias a fin de aprobar cada emisión de Letras del Tesoro del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires y asimismo determinar las condiciones particulares;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1° de la Resolución N°
91-MHGC/15 y el artículo 3° del Decreto N° 74-GCBA/09;
Artículo 1°.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires en Pesos a 71 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS UN MIL
QUINIENTOS VEINTE
MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL (V.N. $
1.520.620.000.-), de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:
a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en
Pesos a 71 días.
b) Moneda de emisión y pagos: Pesos.
c) Fecha de emisión: 24 de enero de 2018.
d) Fecha de la Licitación: 23 de enero de 2018.
e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS UN MIL
QUINIENTOS
VEINTE MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL (V.N. $
1.520.620.000.-)
f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL
PESOS UNO (VN. $ 1.-).
g) Plazo: SETENTA Y UN (71) días.
h) Vencimiento: 5 de abril de 2018.
i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la
amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
j) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación
pública por hasta los montos emitidos.
k) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial.
m) Importe de las ofertas:
(i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL
PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS
MIL (V.N. $ 1.000.-) por encima de dicho monto.
(ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de
suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-), y múltiplos de VALOR
NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta
sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-).
n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del
sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR), o de otra
entidad compensadora que se designe a tal efecto.
o) Fecha de Liquidación: 24 de enero de 2018.
p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a
partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de
Valores.
q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a
ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a
exigir la entrega de láminas individuales.
r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del
Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones
primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos
inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será
del 0,02% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la
liquidación de las operaciones.
Participantes: Podrán participar de las licitaciones:
1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto.
2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado
de Valores.
Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán
realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y
2.
s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la
Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda.
t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se
efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación
en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al
cobro.
u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o
parcialmente en forma anticipada.
v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas
por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
Artículo 2°.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires en Pesos a 99 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS UN MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL (V.N. $
1.387.605.000.-), de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:
a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en
Pesos a 99 días.
b) Moneda de emisión y pagos: Pesos.
c) Fecha de emisión: 24 de enero de 2018.
d) Fecha de la Licitación: 23 de enero de 2018.
e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS UN MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL (V.N. $
1.387.605.000.-).
f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL
PESOS UNO (VN. $ 1.-).
g) Plazo: NOVENTA Y NUEVE (99) días.
h) Vencimiento: 3 de mayo de 2018.
i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la
amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
j) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación
pública por hasta los montos emitidos.
k) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial.
m) Importe de las ofertas:
(i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL
PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS
MIL (V.N. $ 1.000.-) por encima de dicho monto.
(ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de
suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-), y múltiplos de VALOR
NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta
sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-).
n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del
sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR), o de otra
entidad compensadora que se designe a tal efecto.
o) Fecha de Liquidación: 24 de enero de 2018.
p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a
partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de
Valores.
q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a
ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a
exigir la entrega de láminas individuales.
r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del
Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones
primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos
inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será
del 0,02% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la
liquidación de las operaciones.
Participantes: Podrán participar de las licitaciones:
1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto.
2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado
de Valores.
Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán
realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y
2.
s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la
Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda.
t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se
efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación
en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al
cobro.
u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o
parcialmente en forma anticipada.
v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas
por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
Artículo 3°.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires en Pesos a 190 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS
NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL
(V.N. $ 947.640.000.-), de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:
a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en
Pesos a 190 días.
b) Moneda de emisión y pagos: Pesos.
c) Fecha de emisión: 24 de enero de 2018.
d) Fecha de la Licitación: 23 de enero de 2018.
e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS
NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL
(V.N. $ 947.640.000.-).
f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL
PESOS UNO (VN. $ 1.-).
g) Plazo: CIENTO NOVENTA (190) días.
h) Vencimiento: 2 de agosto de 2018.
i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la
amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
j) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación
pública por hasta los montos emitidos.
k) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial.
m) Importe de las ofertas:
(i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL
PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS
MIL (V.N. $ 1.000.-) por encima de dicho monto.
(ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de
suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-), y múltiplos de VALOR
NOMINAL PESOS MIL ($ 1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta
sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $ 500.000.-).
n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del
sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR), o de otra
entidad compensadora que se designe a tal efecto.
o) Fecha de Liquidación: 24 de enero de 2018.
p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a
partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de
Valores.
q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a
ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a
exigir la entrega de láminas individuales.
r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del
Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones
primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos
inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será
del 0,02% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la
liquidación de las operaciones.
Participantes: Podrán participar de las licitaciones:
1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto.
2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado
de Valores.
Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán
realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y
2.
s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la
Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda.
t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se
efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación
en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al
cobro.
u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o
parcialmente en forma anticipada.
v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas
por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
Artículo 4°.- Las licitaciones públicas de las Letras del Tesoro, cuya emisión se
dispone en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente, se llevarán a cabo en el Mercado
Abierto Electrónico S.A. a través de su sistema de transacciones electrónicas
denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado en materia de
concertación, registración y liquidación de las operaciones con letras, así como las
disposiciones contenidas en el Manual de la Aplicación SIOPEL.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Crédito Público, de
Tesorería, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Fernández Semhan